RONY GUZMAN ASTUDILLO/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparecen los abogados Alejandro Peña Ceballos, Vinko Fodich Andrade, José Villalobos Gómez y Luis Urrutia Letelier, en representación de Rony Miguel Guzmán Astudillo, quien está cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto y recurren de amparo en contra de la decisión del Sr. Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, dependiente de Gendarmería de Chile, por vulneración de las condiciones de cumplimiento de la pena privativa de libertad, ya que no lo postuló al beneficio de Libertad Condicional en el período correspondiente al segundo semestre del presente año. Expuso que fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante en la causa RIT 47-2017, RUC 1500614129-0, a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo en lugar habitado, y también fue condenado por el 7º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en la causa RIT 28-2018, RUC 1700680833-6, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo en bien nacional de uso público, ambas penas con cumplimiento efectivo. Señaló que a pesar de cumplir con los requisitos legales, no fue postulado a la libertad condicional por el Honorable Consejo Técnico de dicho Establecimiento Penitenciario, para ante la Comisión de Libertad Condicional, y cuando consultó sobre el estado de su postulación al beneficio de Libertad Condicional, correspondiente al segundo semestre del presente año, le informaron que no estaba en la nómina, debido a que no contaba con el requisito objetivo de tiempo mínimo exigido por la ley. Agregó que registra tres bimestres de conducta muy buena, correspondiente a mayo-junio, julio-agosto y septiembre-octubre del año 2020, razón por la cual debió ser postulado al beneficio atendido lo dispuesto en el artículo 4º inciso final del Decreto Ley N° 321, que señala que puede concederse la libertad condicional a quienes cumplan el tiempo mínimo de su co
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y auto acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de Amparo, deducido en favor de Rony Miguel Guzmán Astudillo. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol 670-2020 AMP.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó por videoconferencia en la Quinta Sala-Zoom, por el recurso el abogado señor Luis Urrutia Letelier. San Miguel, 18 de diciembre de 2020. Constanza Rendich Salaverry, relatora. San Miguel, dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Al escrito folio N° 103.111: Téngase presente. Vistos: Primero: Que comparecen los abogados Alejandro Peña Ceballos, Vinko Fodich Andr
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