6º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FISCO DE CHILE/LOGISTICA, TRANSPORTE Y SERVICIO LTS LTDA. - (LTE)

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2020

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°.- Que por sentencia ejecutoriada se ha dispuesto el pago de 200 UTM, correspondientes a una multa impuesta por la Secretaría Regional Metropolitana de Salud, más “los intereses que correspondan”. 2°.- Que la liquidación efectuada en autos con fecha 21 de enero de 2020 ha aplicado el interés penal que contempla el artículo 53 del Código Tributario, norma que se refiere a los reajustes e intereses moratorios respecto de impuestos y/o contribuciones. 3°.- Que en la causa en estudio, lo cobrado en autos no dice relación con el pago de impuestos y/o contribuciones, de modo que resulta inaplicable la norma del artículo 53 antes señalada, sino que corresponde aplicar las reglas generales contempladas en la Ley N° 18.010. Por estos fundamentos, normas citadas y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de once de junio de dos mil veinte, dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la objeción de la liquidación y se declara, en cambio, que se dispone confeccionar una nueva liquidación, en que los intereses penales que deberán aplicarse son aquellos que contempla la Ley N° 18.010. Devuélvase. N°Civil-7781-2020. En Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara, en cambio, que se dispone confeccionar una nueva liquidación, en que los intereses penales que deberán aplicarse son aquellos que contempla la Ley N° 18.010. Devuélvase. N°Civil-7781-2020. En Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Al escrito folio 5: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°.- Que por sentencia ejecutoriada se ha dispuesto el pago de 200 UTM, correspondientes a una multa impuesta por la Secretaría Regional Metropolitana de Salud, más “los intereses que correspondan”. 2°.- Que la liquidación efectuada en autos c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica