JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ HERNÁN ENRIQUE CASTRO ITURRA. QTE:CYNTHIA ARACELLY IBARRA VILLAR Y OTRO (SEBASTIÁN FELIPE MORALES ABARCA Y OTROS).

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2020

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, aparece que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración, en su oportunidad, para mantener la medida cautelar de prisión preventiva en contra de Castro Iturra. En efecto, en este estadio procesal, se mantienen los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el cual se acusó la investigación, y en cuanto a la necesidad de cautela, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, en los términos de la letra c) del citado artículo, atendida la naturaleza del ilícito, la pena asignada al mismo, la forma de comisión y pena probable a imponer. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diez de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante en los autos RIT 3472-2019, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Hernán Castro Iturra. Teniendo presente que el imputado se encuentra privado de libertad desde el 2 de julio de 2019, el Juzgado de Garantía fijará audiencia preparatoria de juicio oral a la brevedad, de lo cual deberá informar a esta Corte. Devuélvase, vía interconexión. Rol N°4186-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Sala: Cuarta Sala Zoom Rol: 4186-2020- Penal RUC: 1900702000-K RIT: 3472-2019 Tribunal: Juzgado Garantia de Talagante Integrantes: Ministro señor Diego Simpértigue Limare, señora María Soledad Espina Otero y abogado integrante señor Rodrigo Morales Fuentes. Relator: Claudio Rojas Yáñez. Digitadora: Karolyn Aranda González. Defensor: Jose Ca

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