INVERSIONES REMESA SPA/LEDEZMA (LTE)
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la facultad que el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil otorga al juez de no dar curso a la demanda de oficio, no supone, como equivocadamente lo sostiene el juez a quo, la revisión de indicaciones diversas a aquellas que la misma dispone, referidas a los tres primeros números del artículo 254. De esta manera, al negarle curso a la demanda por
Fundamentos
motivos diversos a los mencionados, como lo son las indicaciones que la resolución que se revisa señala, importa formular exigencias no previstas en la ley, yerro que corresponde corregir por esta vía.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de diecinueve de octubre de dos mil veinte, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol N° C-15152-2020 y en su lugar se resuelve que juez deberá proveer la demanda presentada por Inversiones Remesa SpA, dando curso a la misma. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo N°Civil-13557-2020. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por las Ministros señora Jenny Book Reyes, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que la facultad que el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil otorga al juez de no dar curso a la demanda de oficio, no supone, como equivocadamente lo sostiene el juez a quo, la revisión de indicaciones diversas a aquellas que la misma dispone, referidas a los tres primeros números del artícu
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