SOCIEDAD IBEROAMERICANA DE REPARACIONES NAVALES SOCIBER LTDA. / PESQUERA QUINTERO UNO S.A.
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2020
Materia
OTRAS MEDIDAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo especialmente presente que el objeto de la pericia consiste únicamente en tasar la nave materia de autos, para la determinación del mínimo por el cual ésta deberá ser subastada y, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 411 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de octubre de dos mil veinte, escrita en folio 27 del cuaderno de Apremio Ejecutivo Obligación de Dar, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Valparaíso, que no hizo lugar a la objeción al monto de los honorarios del perito, y en su lugar se declara que se acoge la objeción deducida por la parte ejecutante y se regulan los honorarios del perito naval, en el monto de $2.000.000 (dos millones de pesos).- Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-2498-2020.
Fallo
se declara que se acoge la objeción deducida por la parte ejecutante y se regulan los honorarios del perito naval, en el monto de $2.000.000 (dos millones de pesos).- Notifíquese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-2498-2020.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo especialmente presente que el objeto de la pericia consiste únicamente en tasar la nave materia de autos, para la determinación del mínimo por el cual ésta deberá ser subastada y, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 411 del Código de Procedimi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica