M.P C/ EXEQUIEL CLODOMIRO ACEVEDO ARAYA
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes en la presente audiencia, habiéndose cuestionado por el Ministerio Público la decisión del tribunal que rechazó la solicitud de medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal respecto al imputado Exequiel Clodomiro Acevedo Araya en atención a que no se encontrarían cumplidos los requisitos de la letra b) del artículo 140 del Código antes señalado y analizando los antecedentes, esta Corte comparte los
Fundamentos
fundamentos del Tribunal a quo en el sentido que no se reúnen, en este estadio procesal, los supuestos de la letra b) de la norma antes citada, esto es, no existen presunciones fundadas de participación, por tal razón se ratificará lo decidido por el Juzgado de primera instancia.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de nueve de diciembre del año en curso, en los autos RIT 2641-2020 por el Juzgado de Garantía de Curacaví que no dio lugar a decretar las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional respecto del imputado Exequiel Clodomiro Acevedo Araya. Devuélvanse vía interconexión. N° 4157-2020-Penal.
Texto Completo (Preview)
,Fecha: diecisiete de diciembre de dos mil veinte. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 4157-2020. RUC: 2001232371-K. RIT: 2641-2020. Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví. Imputado: Exequiel Clodomiro Acevedo Araya. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, diecisiete de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito d
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