SIN INFORMACION

MATTEUCCI/ELMENHORST

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Edgardo Mateo Matteucci Miranda, abogado, domiciliado en Ramón Subercaseaux 8.295, Pirque, quien interpone recurso de protección en contra de don Benito Benjamín Ciruelos González y don Andreas Elmenhorst, ambos domiciliados en “Camino Los Acacios Interior”, Ramón Subercaseaux a la altura de Puente “La Sirenita”, San Juan, Pirque. Sostiene la permanente afectación de sus garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°2 y N°24 de la Constitución Política de la República, ocasionada por la acción ilegal y arbitraria de los recurridos, consistentes en la obstrucción del “Camino Los Acacios”, existente para el acceso al predio de su propiedad. Alude al contenido del correo electrónico enviado el 28 de septiembre del mismo año, por el señor Ciruelos González, su vecino, en respuesta a una serie de requerimientos planteados por él, acerca de presuntos derechos que ostentaría como propietario de dicho predio; afirmando que, desde entonces, aquél lo privó por la fuerza y mediante un acto de autotutela de uno de los atributos esenciales de su derecho real de dominio, pues con alteración del estado de las cosas, mantenido hasta esa fecha, le impidió el libre acceso al mencionado “Camino Los Acacios”. Refiere haber adquirido por compraventa el 24 de julio de este año, el predio singularizado como Lote o Parcela Las Casas del resto del Fundo San Juan de Pirque, conocido en el sector como “Ex Fundación Las Rosas”. Agrega que los propietarios del ex Fundo San Juan de Pirque, trazaron y establecieron dicho camino al parcelarlo, para acceder principalmente a la “Casa Patronal” (cuya propiedad ostentaría él mismo) y también a los predios de los recurridos, cuyos predios deslindan al norponiente con la senda, según consta de plano archivado bajo el N°29 del Registro de Propiedad de 1959 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. Sin embargo, señala que desde hace unos años el señor Elmenhorst instaló un portón

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Edgardo Mateo Matteucci Miranda en contra de don Benito Benjamín Ciruelos González y de don Andreas Elmenhorst. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del abogado integrante señor Carlos Castro Vargas. N°10.457-2020 Protección. – Pronunciada por la Quinta Sala-Zoom de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por la ministra señora María Carolina Catepillan, fiscal judicial señor Jaime Salas y abogado integrante señor Carlos Castro Vargas. Se deja constancia que no firma la ministra señora Catepillán, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de diciembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Edgardo Mateo Matteucci Miranda, abogado, domiciliado en Ramón Subercaseaux 8.295, Pirque, quien interpone recurso de protección en contra de don Benito Benjamín Ciruelos González y don Andreas Elmenhorst, ambos domiciliados en “Camino Los Acacios Interior”, Ramón Subercaseaux a la alt

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