SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE MANUEL ORREGO BRAVO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, José Pablo Marín González, abogado, defensor penitenciario, interpuso acción constitucional de amparo a favor de Manuel Enrique Orrego Bravo, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la cual mediante resolución de 8 de octubre de 2020 rechazó conceder a este el beneficio de la libertad condicional. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 15 años por el delito de homicidio calificado y otra condena de 61 días por un delito de lesiones menos graves, encontrándose privado de libertad desde el 6 de junio de 2010 y lo estará hasta el 6 de agosto de 2025. El amparado registra conducta calificada de muy buena. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional expuso que el informe psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia que no permiten demostrar, a la época de la postulación una adecuada reinserción en la sociedad al presentar un mediano riesgo de reincidencia, cometiendo además una infracción grave al régimen interno durante el periodo de postulación según lo informado por Gendarmería de Chile. Para desvirtuar esas conclusiones, acompaña un informe pericial psicológico evacuado por Katherine Véliz Osorio en que se indica que el amparado reconoce el hecho criminológico, logrando establecer las consecuencias de su conducta. Además, establece reflexión respecto del daño efectuado a la víctima y su entorno cercano, rechazando la conducta efectuada y manteniéndose alejado de escenarios criminológicos. Asimismo, prosigue el informe, presenta empatía, culpa, remordimiento y reparación. A su favor, cuenta con una red proteccional en el medio libre que es su familia de origen. Prosigue la acción cuestionando el informe psicosocial de Gendarmería de Chile en cuanto el mismo no se vale de metodología psicológica alguna y que el profesional basó sus conclusiones en una entrevista aislada, sin que con ello pueda realizar un acertado análisis de los aspectos de personalid

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Manuel Enrique Orrego Bravo, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 356-2020 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

Orrego Bravo, Manuel Enrique Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 356-2020.- La Serena, dieciséis de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, José Pablo Marín González, abogado, defensor penitenciario, interpuso acción constitucional de amparo a favor de Manuel Enrique Orrego Bravo, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la cual medi

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