7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ IGNACIO ANDRES NAVARRO PALMA

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes que constan del sistema computacional, los alegatos escuchados en audiencia y compartiendo los

Fundamentos

fundamentos de lo resuelto por el primer grado, estamos en una situación que configura claramente un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la forma y circunstancias de la comisión del hecho ilícito, podía agregarse otra circunstancia de letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, pero basta con aquellas que ya se han mencionado. A mayor abundamiento, no han variado las condiciones que se tuvieron en cuenta para disponer la medida cautelar cuya revisión se pretende.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 364 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma, resolución dictada en audiencia de fecha siete de diciembre del presente año, por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago que ordenó mantener la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados IGNACIO ANDRÉS NAVARRO PALMA y DIEGO ALONSO RODRÍGUEZ FUENTES. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinte. Sala: Octava Rol Corte: Penal-6365-2020 Ruc: 2001008781-4 Rit : O-18263-2020 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministro señor Mario Rojas Gonzalez, Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Relator: Milena Sukno. Digitador (a): Sandra Gutié

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