SIN INFORMACION

RADOJCIC STEVAN /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece la abogada Pamela Vergara Castro, quien deduce acción de amparo en favor de Stevan Radojcic y en contra de la Comisión de Libertad Condicional del mes de octubre de 2020 de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, que denegó a su representado la concesión del beneficio de libertad condicional. Menciona como antecedentes del recurso que el amparado ha tenido una conducta intrapenitenciaria calificada como muy buena durante los periodos anteriores a su proceso de postulación, realizando diversas actividades tendientes a su reinserción social. Postula que el amparado cumple con todas las condiciones que exige el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2. Sostiene que el rechazo de la Comisión resulta arbitrario, al afirmar que dicha entidad se basa únicamente en un informe elaborado por uno o dos profesionales que apenas han tenido contacto con el interno, no pudiendo ser consideradas categóricamente las conclusiones de tal evaluación. Invoca jurisprudencia de la Excelentísima Corte Suprema que avalaría sus asertos. En razón de lo expuesto, solicita que se acoja el presente recurso y se disponga dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado, decretando que se le conceda de manera inmediata. Segundo: Que evacua informe la Ministro Paola Plaza González, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, en el proceso realizado entre el 1 y 15 de octubre del año en curso. Asegura que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II y que, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata. Manifiesta que “ de conformidad con lo que dispone el artículo 2° del DL N° 321, toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podrá postular al beneficio de libertad condicional, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: 1) Haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3º, 3° bis y 3° ter; 2) Haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena calificada como “muy buena” durante el número de bimestres que allí se indican según la extensión de la pena; 3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, sus posibilidades de reinserción social, antecedentes sociales, características de personalidad, conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales ilícitos. Que para efectos del cálculo del tiempo mínimo requerido, cabe tener en cuenta que el postulante se encuentra cumpliendo las penas que a continuación se indican y por los siguientes delitos: a.- saldo de 3348 días de una pena unificada de 17 años por delitos de robo agravado, robo en l

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C.A. de Santiago Santiago, quince de diciembre de dos mil veinte. Vistos y Considerando: Primero: Que comparece la abogada Pamela Vergara Castro, quien deduce acción de amparo en favor de Stevan Radojcic y en contra de la Comisión de Libertad Condicional del mes de octubre de 2020 de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, que denegó a su representado la concesión del beneficio de libertad condici

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