1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

CASTILLO Y COMPAÑIA ABOGADOS LIMITADA CON COMPLEJO ASISTENCIAL DOCTOR SOTERO DEL RIO

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2020

Materia

NOTIFICACIONES JUDICIA VARIAS, INCLUYENDO ÁRBITROS VOLUNTAR

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que, no obstante la tardía incorporación del acta de requerimiento ejecutado por la receptora, la ejecutada ha podido controvertir el título, oponiendo excepciones, por lo que tal omisión no le ha causado perjuicio efectivo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de julio del año en curso, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto en la causa Rol C-4700-2016, que rechazó por extemporáneo el incidente de nulidad de lo obrado. Empero lo resuelto, advirtiendo esta Corte que mediante las resoluciones de ocho de octubre y veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve, se ha incurrido en vicios del procedimiento al generar trámites que condicionan el ejercicio del derecho a la defensa del ejecutado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, se anula todo lo obrado desde la resolución dictada  el ocho de octubre de dos mil diecinueve, y en su lugar se resuelve que el tribunal debe dar curso progresivo a los autos proveyendo derechamente el escrito de diecisiete de septiembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1545-2020.

Fallo

se resuelve que el tribunal debe dar curso progresivo a los autos proveyendo derechamente el escrito de diecisiete de septiembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1545-2020.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron, confirmando, la abogado doña Paula Aravena, y revocando el abogado don Patricio Lynch. En Miguel, 14 de diciembre de 2020. Camila Philp S.Relatora. Santiago, catorce de diciembre de dos mil veinte. A los folios 101727 y 101885: Téngase presente. Vistos: Con el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que, no obstante la tardía incorpora

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