SIN INFORMACION

HUGO ANDRÉS BAHAMONDE CRUZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) El defensor penal público don Francisco Javier Armenakis Páez por el condenado Hugo Andrés Bahamonde Cruz recurre de amparo contra la juez señora María José Araya Saavedra del Juzgado de Garantía de Puente Alto, por la presunta afectación ilegal y lesiva de su derecho a la libertad personal y seguridad individual ocasionada con la orden de detención librada el 01 de diciembre último en proceso de ejecución de pena sustitutiva RIT N°16389-2019, sobre robo consumado de fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación, ante su inasistencia injustificada a la audiencia a realizarse vía remota en contexto de emergencia sanitaria y a la que fuera citado el 09 de octubre pasado ordenándose su notificación personal o por cédula bajo los apercibimientos del artículo 33 del Código Procesal Penal. Pide como medida para restablecer el imperio del derecho que se deje sin efecto la antedicha medida cautelar despachada en su contra por haberse dispuesto bajo un régimen de excepción constitucional que impide el libre desplazamiento de las personas a los tribunales de justicia constriñéndolas a comparecer sólo por vía remota, aunque no se cuente con los medios tecnológicos suficientes para ello. De tal manera y pretendiendo justificar la incomparecencia del condenado en esto último, sostiene la falta de concurrencia de los requisitos del artículo 127 del Código Procesal Penal para fundar el arbitrio intentado y hace presente además la substanciación pretérita del proceso en que por sentencia pronunciada el 06 de noviembre de 2019 se le condenara como autor del antedicho delito, perpetrado el 31 de agosto de 2018, a sufrir mediante remisión condicional 541 días de presidio menor en grado medio. 2º) Informa el recurso la juez señora María José Araya Saavedra del Juzgado de Garantía de Puente Alto y refiere la substanciación del proceso en que incide el presente recurso de amparo, invocando lo dispuesto en los artículos 33 y 127 inciso cuarto del

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por el defensor penal público don Francisco Javier Armenakis Páez por el condenado Hugo Andrés Bahamonde Cruz contra la juez señora María José Araya Saavedra del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. Nº 665-2020 Amparo.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Se anunció, oyó la relación y alegó, por el recurso, el postulante de la Defensoría Penal Pública don Marcos Muñoz Meza y, en contra, la abogada del Ministerio Público doña Magdalena Balart Salvat. San Miguel, catorce de diciembre de dos mil veinte. Cristián Alcántara Mödinger, relator. San Miguel, catorce de diciembre de dos mil veinte. Al folio N°s101900, 101901 y 101973: Téngase pr

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