SIN INFORMACION

TORRES/BANCO SCOTIABANK CHILE

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece doña Natalia Fernanda Henríquez Bachmann, abogada, en representación de Juan Carlos Torres Neira, ingeniero, a cuyo favor deduce recurso de protección en contra del Banco Scotiabank Sud Americano, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General Francisco Sardón de Toboada, desconoce profesión u oficio, atendida la omisión ilegal y arbitraria del Banco recurrido que, al ser requerido formalmente por su representado el pasado 3 de julio de 2020, para consignar en su cuenta corriente la suma defraudada al Banco desde su tarjeta de crédito y descontada desde cuenta corriente, ascendente a las suma de $7.438.737, no lo ha hecho hasta la fecha, afectando su derecho constitucional de propiedad, consagrado en el artículo 19 Nº 24 de la Carta Constitucional. Explica que su representado es cliente del recurrido Banco Scotiabank desde hace más de 15 años, institución bancaria en la cual mantiene una cuenta corriente personal y una tarjeta de crédito Mastercard asociada con dicha cuenta corriente, producto que no ha utilizado nunca, pero que el Banco de todos modos mantiene siempre vigente y disponible para su uso, como parte de los servicios que paga mensualmente. Narra que con fecha 3 de marzo del año 2020, el recurrente Juan Carlos Torres Neira ingresó a la página web de su Banco para revisar su estado de cuenta corriente, momento en el cual se percató de un cargo por un alto monto, que no correspondía a sus gastos propios, por la suma de $2.811.349, de igual fecha. Para aclarar este cuantioso cargo, concurrió a la sucursal de Scotiabank, ubicada en la comuna de San Bernardo y fue informado por personal del recurrido, que su tarjeta de crédito Mastercard había sido utilizada para realizar compras en dólares en el extranjero durante el mes de noviembre de 2019 y que el monto facturado total en pesos ascendía a un total de $7.438.737. Fue informado que debido a que no estaba pagando dicha tarjeta (su repre

Fundamentos

considerando además que se trataba de una tarjeta de crédito en desuso por años, que súbitamente realiza cuantiosas compras en dólares en el extranjero. Por otra parte –continúa la compareciente- jamás a su representado se le extravió ni le sustrajeron sus dispositivos electrónicos o sus tarjetas bancarias de crédito y débito, ni se las ha facilitado a ninguna persona por ningún medio, ni mucho menos ha estado fuera del país durante las fechas en que se produjeron las compras cargadas a su tarjeta de crédito. Sigue exponiendo que, ante la gravedad de los hechos, su representado procedió a cambiar todas sus claves de acceso y dar cuenta de estos hechos a su ejecutiva de cuenta para que detuviera cualquier otro movimiento anómalo de sus productos, sin autorización previa y concurrió a las dependencias de la Policía de Investigaciones, Bricrim San Bernardo, a realizar la correspondiente denuncia por fraude electrónico, la que se remitió a la Fiscalía de San Bernardo, cuya investigación se sigue en causa Ruc 2000272869-K. Relata que desde el momento de la ocurrencia del fraude, su representado ha mantenido constante comunicación con su ejecutiva de cuenta, a quien ha enviado la información requerida respecto a la denuncia realizada ante la Policía, para efectos de activar un seguro que mantiene ante el Banco desde el momento que abrió dicha cuenta corriente, pero de manera reiterada y dilatoria, le indican que su requerimiento de devolución se encuentra pendiente, o le solicitan nuevamente los mismo documentos, todo lo cual representa una actitud evasiva, dilatoria y obstructiva, impidiendo de este modo que el recurrente reciba la devolución de los fondos defraudados, sin obtener jamás una respuesta concreta respecto de cuándo y cómo se le reembolsará el dinero sustraído por el fraude. Sostiene que la actitud del Banco ha sido del todo negligente con el cliente, pues en reiteradas ocasiones su representado solicitó el envío de cartolas de su tarjeta de crédito y de la póliza del seguro de su cuenta corriente, las cuales nunca le fueron entregadas. Además, el Banco continúa cargando a su cuenta corriente los intereses que el fraude genera, descontándosele en el mes de abril la suma de $245.863, en junio $240.821 y en julio $232.298 y, al exigir la devolución de los dineros descontados desde su cuenta corriente producto del fraude sufrido y la eliminación de dicha deuda en dólares, en términos claros y expresos, nuevamente recibe una respuesta evasiva, dilatoria e inexplicable, en un correo electrónico cuya fotografía incorpora a su presentación, en el que se le desvía al centro de llamados para la gestión pertinente. Es decir, asevera la recurrente, en desconocimiento de lo ya obrado y pese al tiempo transcurrido desde el primer reclamo, el recurrido se excusa de cumplir con su obligación de restituir los fondos sustraídos desde la cuenta corriente y tarjeta de crédito del cliente, con maniobras evasivas fundadas en un trámite ya agotado por su repres

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el deducido a favor de don Juan Carlos Torres Neira en contra de Banco Scotiabank Sud Americano. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactó la Fiscal Judicial Javiera González S. No firma la Ministra señora Plaza, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y del acuerdo, por encontrarse ausente. N° 62.982-2020. 12

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Comparece doña Natalia Fernanda Henríquez Bachmann, abogada, en representación de Juan Carlos Torres Neira, ingeniero, a cuyo favor deduce recurso de protección en contra del Banco Scotiabank Sud Americano, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por su Gerente General Francisco Sardón de Toboada, desc

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