SÁNCHEZ/A.F.P. PLANVITAL S.A.
Rol
Fecha
14 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece CHRISTOPHER ANDRÉS SÁNCHEZ GRUNDT, abogado, con domicilio en Doctor Barros Borgoño N°110, oficina 301, comuna de Providencia, Región Metropolitana e interpone recurso de protección en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PLANVITAL S.A., representada legalmente por Andrea Battini, ambos con domicilio en Tenderini N°127, comuna Santiago; por el acto ilegal y arbitrario de retener y no hacer entrega de los fondos previsionales correspondientes al 10% de los ahorros del recurrente, sin perjuicio de haber transcurrido el plazo máximo legal establecido en la Ley N° 21.248, esto es, de 10 días hábiles desde autorizado el retiro por parte de la institución. Expone que el 1 de agosto de 2020 ingresó a través de la plataforma digital de la recurrida (www.planvital.cl) la solicitud de retiro del 10% de los fondos previsionales, el 11 de agosto pasado recibe un correo por parte de la aseguradora informando que la solicitud ha sido aprobada y que el pago íntegro estaría disponible como máximo el 17 de agosto de 2020; sin embargo el plazo señalado por la entidad no fue cumplido e incluso no ha sido cumplido a la fecha de presentación del recurso. El 3 de septiembre pasado se comunicó telefónicamente con Servicio al Cliente de la recurrida a fin de pedir explicaciones sobre la excesiva, injustificada, ilegal y arbitraria tardanza en el pago, a lo cual informan que se negará el pago en razón de una retención legal ordenada por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago. En cuanto al hecho descrito aduce un error de redacción toda vez que actualmente es abogado en la causa RIT C-2801-2016 del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, en la cual solicitó retención de los fondos previsionales respecto de don Francisco Rivera Mac Intire, sin embargo la magistratura erróneamente ordenó la retención económica respecto del recurrente. En razón de lo anterior interpuso recurso de reposición en contra de la resolución de 5 de agosto
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Christopher Andrés Sánchez Grundt en contra de AFP PLANVITAL S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte N° 81961-2020 Protección.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de diciembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece CHRISTOPHER ANDRÉS SÁNCHEZ GRUNDT, abogado, con domicilio en Doctor Barros Borgoño N°110, oficina 301, comuna de Providencia, Región Metropolitana e interpone recurso de protección en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PLANVITAL S.A., representada legalmente por Andre
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