NÚÑEZ CON TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 1 de noviembre de 2020, comparece don Andrés Gaete Palomo, abogado, en representación del contribuyente y ejecutado, Pascual Eugenio Núñez Widdles en un cuaderno administrativo de cobro de obligaciones tributarias Rol 538-199 San Cruz, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 29 de octubre de 2020, dictada por la Tesorería Provincial de San Fernando que no concedió un recurso de apelación deducido por su parte. Señala que el 21 de septiembre de 2020 dedujo incidente de abandono del procedimiento, el que fue rechazado con fecha 8 de octubre del 2020. En contra de esa decisión, el 13 de octubre del mismo año, apeló, a la que no se hizo lugar por improcedente el 29 de octubre del presente. Depone que, la apelación debió ser concedida pues es una sentencia interlocutoria que establece derechos permanentes en favor de las partes, por lo que la Tesorería Provincial de San Fernando al negar la apelación incurre en un acto de denegación de justicia. Cita jurisprudencia al efecto. Finaliza pidiendo, se acoja el recurso interpuesto y en definitiva se conceda el recurso de apelación interpuesto por su parte. SEGUNDO: Que, al momento de informar, el Sr. Juez Sustanciador y Tesorero Provincial de San Fernando, pide el rechazo del recurso por no ser procedente la apelación deducida. Expone que la fase administrativa no admite la interposición de recursos procesales tendientes a impugnar una resolución del Tribunal Jurisdiccional Administrativo, pues no constituye instancia, debiendo ser interpretada de forma restrictiva las normas del derecho procesal al no haber norma expresa que permita dicho recurso. TERCERO: Que, del mérito de lo obrado en el cuaderno administrativo Rol 538-1991 de la comuna de Santa Cruz, consta que el contribuyente intentó impugnar por vía de apelación la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento y el decaimiento. El recurso fue presentado dentro de quinto dí
Fallo
se declara que: SE ACOGE el recurso de hecho deducido por el abogado Andrés Gaete Palomo y en consecuencia se declara que el recurso de apelación deducido por el contribuyente el día trece de octubre de dos mil veinte, en contra de la resolución pronunciada con fecha ocho de octubre del presente año, dictada en el expediente administrativo N° 538-1991, resulta admisible y se concede en el solo efecto devolutivo. Agréguese copia de la presente resolución en los autos de la apelación concedida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 1278-2020- Hecho Civil
Texto Completo (Preview)
C.A. Rancagua Rancagua, dieciséis de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 1 de noviembre de 2020, comparece don Andrés Gaete Palomo, abogado, en representación del contribuyente y ejecutado, Pascual Eugenio Núñez Widdles en un cuaderno administrativo de cobro de obligaciones tributarias Rol 538-199 San Cruz, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolu
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