JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCELO IVAN CAMPOS HENRIQUEZ

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2020

Materia

VIOLACION DE SECRETOS.ART.246.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que, conforme al mérito de los antecedentes, no se aprecia que hayan variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de imponerse la prisión preventiva respecto del imputados Marcelo Campos Henríquez, dado que los cuestionamientos vertidos por la defensa dice relación con una interpretación distinta de los antecedentes recabados durante la investigación del Ministerio Público, relativo al principio de ejecución de los delitos por los cuales se ha formalizado al imputado y la legislación aplicable a su respecto. Que las alegaciones planteadas así como los antecedentes que constan, por ahora, en esta etapa de la investigación, a juicio de esta Corte no tienen el mérito suficiente, para situar el principio de ejecución de los hechos investigados en una época diversa a la señalada por el Ministerio Público. Que, dado lo anterior, la necesidad de cautela viene dada por la circunstancia que ha sido formalizado por dos delitos, la penalidad asignada a los mismos y el carácter de los hechos investigados, de lo cual aparece que la libertad del encausado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, que se satisface únicamente con la prisión preventiva, concurriendo en la especie todos los requisitos exigidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del mismo cuerpo legal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de diciembre último, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva del imputado Marcelo Campos Henríquez. Téngase por notificados a los intervinientes presentes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-500-2020.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del mismo cuerpo legal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de diciembre último, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva del imputado Marcelo Campos Henríquez. Téngase por notificados a los intervinientes presentes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-500-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, once de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Que, conforme al mérito de los antecedentes, no se aprecia que hayan variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron a la vista al momento de imponerse la prisión preventiva respecto del imputados Marcelo Campos Henríquez, dado que los cuestionamientos vertidos por la defensa dice relación con una interpretación dist

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