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Rol
Fecha
10 de diciembre de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente, que el texto de la demanda de autos hace alusión a una persona que no corresponde al demandado, lo que motivó la interposición de la excepción de la ineptitud del libelo, indicando el actor que efectivamente se trató de un error de transcripción, ello constituye un motivo plausible para deducir la excepción, lo que justifica que al demandado se le exima del pago de las costas en relación a este aspecto. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha catorce de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, en sus autos Rol N° C-768-2020, en cuanto condenó en costas a la parte incidentista en relación a la excepción de ineptitud del libelo deducida, y se le exime del pago de las mismas, confirmándose en lo demás la resolución apelada. Acordado lo anterior, con el voto en contra del abogado Sr. Barrientos, por cuanto estuvo por confirmar la resolución en todas sus partes, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Rol I. Corte N° 1217-2020- Civil-.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha catorce de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, en sus autos Rol N° C-768-2020, en cuanto condenó en costas a la parte incidentista en relación a la excepción de ineptitud del libelo deducida, y se le exime del pago de las mismas, confirmándose en lo demás la resolución apelada. Acordado lo anterior, con el voto en contra del abogado Sr. Barrientos, por cuanto estuvo por confirmar la resolución en todas sus partes, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Rol I. Corte N° 1217-2020- Civil-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diez de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente, que el texto de la demanda de autos hace alusión a una persona que no corresponde al demandado, lo que motivó la interposición de la excepción de la ineptitud del libelo, indicando el actor que efectivamente se trató de un error de transcripción, ello co
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