JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

MORENO/PARQUE DE AVENTURAS ANTU LIMITADA

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que, del tenor de la resolución en alzada es dable concluir que en el procedimiento existió un vicio procesal, el cual, no obstante su concurrencia no provocó perjuicio al incidentista, decretándose el rechazo de la petición de nulidad, lo que redunda en que el demandado si tuvo

Fundamentos

motivos plausibles para incidentar, razón por la cual y atendido lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado, la resolución de treinta de septiembre último, que rechazando un incidente de nulidad, lo condenó en costas y en su lugar

Fallo

se decide que ésta queda eximida de dicho pago. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 533 – 2020 Civil.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, nueve de diciembre de dos mil veinte. Visto y teniendo únicamente presente: Que, del tenor de la resolución en alzada es dable concluir que en el procedimiento existió un vicio procesal, el cual, no obstante su concurrencia no provocó perjuicio al incidentista, decretándose el rechazo de la petición de nulidad, lo que redunda en que el demandado si tuvo motivos plausibles para incidentar,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica