MORA/CORPORACIÓN EDUCACIONAL NUEVO AMANECER QUILACO
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que los bienes embargados en la presente causa corresponden a la subvención escolar fiscal y no la subvención escolar preferente, SE REVOCA la resolución apelada de fecha veinticinco de septiembre de dos mil veinte, resolviéndose en su lugar que no hace lugar a la solicitud de la demandada de alzar el embargo trabado sobre la subvención escolar fiscal. Devuélvase en su oportunidad. N°Civil-1109-2020. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, siete de diciembre de dos mil veinte. A la presentación de la Abogada Elizabeth Manríquez Barrientos, folio 9: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que los bienes embargados en la presente causa corresponden a la subvención escolar fiscal y no la subvención escolar preferente, SE REVOCA la resolución apelada de fecha
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