FUENTES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
hechos señalados, toda vez que la presente acción constitucional ha sido interpuesta en favor de HILEANNE DEL VALLE FUENTES PUERTA, quien tiene su domicilio en la comuna de Quinta Normal y se dirige en contra de una actuación del Departamento de Extranjería y Migración, entidad que se encuentra domiciliada en la comuna de Santiago, no existe ningún antecedente del cual se pueda inferir que el acto que se denuncia como vulneratorio de garantías constitucionales se haya producido en el territorio jurisdiccional de esta Corte como tampoco que genere sus efectos en éste, por lo que de conformidad, con lo dispuesto en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge el incidente y este Tribunal se declara incompetente para conocer del recurso deducido en autos. Remítanse los autos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago por corresponderle su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más rápida. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: A sus antecedentes, los documentos acompañados. Al cuarto otrosí: Atendido que solo constan las firmas electrónicas de Felipe Rosselli Ambuchi y Antonio Henríquez Beltrán, téngase presente el patrocinio, solo respecto de este último. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 10.597-2020-PROT.
Fallo
se declara incompetente para conocer del recurso deducido en autos. Remítanse los autos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago por corresponderle su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más rápida. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: A sus antecedentes, los documentos acompañados. Al cuarto otrosí: Atendido que solo constan las firmas electrónicas de Felipe Rosselli Ambuchi y Antonio Henríquez Beltrán, téngase presente el patrocinio, solo respecto de este último. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 10.597-2020-PROT.
Texto Completo (Preview)
CH(PAB) San Miguel, siete de diciembre de dos mil veinte. Al escrito folio N°97.865: A lo principal: Téngase presente. Al primer otrosí; Atendido el mérito de lo expuesto por la recurrida y siendo efectivo los hechos señalados, toda vez que la presente acción constitucional ha sido interpuesta en favor de HILEANNE DEL VALLE FUENTES PUERTA, quien tiene su domicilio en la comuna de Quinta Normal y
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