JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANDES

CAROLINA FERNANDA RÍOS AHUMADA C/ IVÁN RODRIGO VARGAS SALDIVAR

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Atendido la incomparecencia del recurrente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2º del Código Procesal Penal, se declara abandonado, el recurso de apelación interpuesto por el defensor privado don Juan Rodrigo Salvo Bergamín, contra la resolución de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Rodrigo Vargas Saldívar. Se levanta la presente acta a las 12:59 horas, para constancia de lo acontecido en esta audiencia, la que suscriben los miembros de esta Sala de la Iltma. Corte. Regístrese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. RIT: O-3236-2018. N°Penal-2477-2020. En Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara abandonado, el recurso de apelación interpuesto por el defensor privado don Juan Rodrigo Salvo Bergamín, contra la resolución de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Rodrigo Vargas Saldívar. Se levanta la presente acta a las 12:59 horas, para constancia de lo acontecido en esta audiencia, la que suscriben los miembros de esta Sala de la Iltma. Corte. Regístrese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. RIT: O-3236-2018. N°Penal-2477-2020. En Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jevp. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a cinco de diciembre de dos mil veinte, a las 12:58 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, quien preside, e integrada por los Ministros Suplentes Sr. Erik Espinoza Cerda y Sra. Marcela Nash Álvarez, actuando como ministro de fe, el Rel

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