MP.C/ JUAN RAFAEL ASTORGA GÓMEZ.
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes en la presente audiencia, lo discutido en estrados es la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto a la participación del imputado en el delito materia de la formalización, es así como analizando los antecedentes expuestos se entienden acreditados, en este estadio procesal tales presupuestos, toda vez que el imputado fue sorprendido junto con los demás partícipes presumiéndose el consumo de alcohol al interior del vehículo en momentos de ser fiscalizados, como da cuenta el parte y las declaraciones de los funcionarios de carabineros aprehensores, a lo que se debe sumar la cantidad de la droga incautada que es superior a tres kilos de pasta base de cocaína. En cuanto a la necesidad de cautela, se tiene presente que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en los términos señalados en la letra c) de la norma precitada, de manera que la prisión preventiva resulta proporcional respecto del ilícito por el cual ha sido formalizado, en relación a su gravedad, naturaleza, sanción legal probable y la cantidad de droga incautada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en la audiencia de veintiséis de noviembre del año en curso, en la causa RIT 15057-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Rafael Astorga Gómez. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante señor Arellano, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada e imponer una cautelar de menor intensidad como la de arresto domiciliario total ya que dicha medida satisface adecuadamente los fines del procedimiento. Devuélvase vía interconexión. Nº 3998-2020 – Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en la audiencia de veintiséis de noviembre del año en curso, en la causa RIT 15057-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Rafael Astorga Gómez. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante señor Arellano, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada e imponer una cautelar de menor intensidad como la de arresto domiciliario total ya que dicha medida satisface adecuadamente los fines del procedimiento. Devuélvase vía interconexión. Nº 3998-2020 – Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: cuatro de diciembre de dos mil veinte. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 4036-2020. Ruc: 2001192631-3. Rit: 15057-2020. Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Juan Rafael Astorga Gómez. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, tres de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, o
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