JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ KEVIN AARON ISRAEL GONZALEZ OYARCE

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2020

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que, en esta etapa procesal, concurren los presupuestos contenidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia del hecho ilícito, la participación en los mismos por parte del imputado y respecto de la necesidad de cautela,

Fundamentos

considerando especialmente la gravedad de la pena asignada a los delitos por los cuales fue formalizado el imputado, la naturaleza, el número y carácter de los mismos, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, circunstancias que hacen estimar que la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo aparezca como proporcional y adecuada a los fines del procedimiento. Por lo anterior, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinte, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado KEVIN AARON ISRAEL GONZALEZ OYARCE, por estimarse que su libertad es peligrosa para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1040-2020. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de diciembre de dos mil veinte. A la presentación de la Abogada Camila Gajardo Alegría, folio 4: A lo principal y otrosí: Téngase presente. A la presentación del abogado Claudio Beratto, folio 5: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente delegación de poder. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audie

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