INMOBILIARIA PHOENIX LIMITADA/PEREZ - (LTE)
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2020
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
fundamentos sexto y séptimo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: Primero: Que el demandante se alza contra la sentencia de primer grado señalando que la decisión atacada le causa agravio por cuanto la sentenciadora rechazó la demanda de cobro de comisión de un negocio inmobiliario, ascendente a la suma de $63.000.000, que debía ser repartida entre la demandante y los señores Pérez –demandado- y Claudio Ríos, en razón de un tercio para cada uno; refiere que el demandado confesó haber recibido el encargo de buscar compradores para tres propiedades, con los antecedentes de los inmuebles y que le asistía el derecho a percibir una comisión por venta; sin embargo, el
Fallo
fallo atacado deniega la pretensión afirmando que los elementos probatorios rendidos por el actor son insuficientes e inidóneos a objeto de establecer el monto de la operación comercial, por desconocer el valor final de la ventas de los inmuebles sublite. Agrega que a su parte no le corresponde el 50% de la comisión cuando el negocio es gestionado por más de un corredor o asociado y, por otro lado, el demandado no controvirtió que el valor total de la comisión por el cobrada a los clientes ascendió a $63.000.000. Segundo: Con el mérito de la prueba acompañada en segunda instancia, consistente en tres escrituras públicas de compra venta de los inmuebles que inciden en la controversia de autos, se tiene por acreditado que con fecha 30 de marzo de 2017, doña Nadinne Clerc Fray, vende a Inmobiliaria Nollagam Limitada, el inmueble ubicado en calle Zañartu N° 2.418, de la comuna de Ñuñoa, fijándose como precio la suma de $304.588.172; con la misma fecha don Rafael Terreros Philippi y otros, venden a la misma inmobiliaria el inmueble de calle Zañartu N° 2.448, de la comuna de Ñuñoa, en el precio de $651.550.416 y finalmente, en la misma data, don Fabrizio Gomara Gomara y otros, venden a Inmobiliaria Nollagam Limitada el inmueble de calle Zañartu N°2450 de la comuna de Ñuñoa, en la suma de $435.454.342. Por consiguiente, aun cuando el monto de la comisión total percibida por el demandado no fue controvertido por éste, con el mérito de la prueba documental referida se acredita el valo
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los fundamentos sexto y séptimo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: Primero: Que el demandante se alza contra la sentencia de primer grado señalando que la decisión atacada le causa agravio por cuanto la sentenciadora rechazó la demanda de cobro d
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