MP C/ ROSENDO ADRIÁN VÁSQUEZ TRONCOSO.
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°) Que el Ministerio Público apeló de la resolución del Juzgado de Garantía de San Bernardo, que acogió la petición de la defensa del imputado Rosendo Vásquez Troncoso declarando el sobreseimiento definitivo de la causa seguida en su contra, por estimar que los hechos no son constitutivos de delito conforme lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Para resolver como lo hizo, el tribunal tuvo en cuenta que -a su parecer- el delito previsto en el artículo 318 del Código Penal es uno de peligro concreto y no se acreditó por el ente persecutor que el imputado con su actuar pusiera en peligro el bien jurídico protegido por la norma; 2°) Que la apelante funda su recurso, básicamente, en que el delito de que se trata es, al contrario de lo que resuelve el Tribunal, de peligro abstracto y que, en todo caso, no es posible en este estadio procesal realizar un análisis de la conducta del imputado solo con los antecedentes acompañados en el requerimiento simplificado de autos, debiendo ser en la instancia de juicio oral en que se ponderen las pruebas rendidas adoptando una resolución según el mérito de ellas; 3°) Que, en contrario de lo resuelto por el juez a quo, no corresponde, en esta etapa procesal y mediante la adopción anticipada de determinada postura doctrinaria, calificar como no constitutivo de delito un hecho que se encuadra, prima facie, en la descripción fáctica contenida en el artículo 318 del Código Penal. Incluso en el evento de estimarse que el peligro a que se refiere la norma es de carácter concreto, resultará necesario recibir prueba para determinar los alcances específicos de la conducta del imputado, en orden a tener por configurado –o no- ese elemento del tipo penal. Ello sin perjuicio, además, del debate que pueda suscitarse en la oportunidad procesal correspondiente, así como de las eventuales alegaciones relativas a circunstancias que puedan justificar o exculpar tal conducta, y su acr
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San Miguel, tres de diciembre de dos mil veinte. Sala: Cuarta Sala Zoom Rol: 3936-2020- Penal RUC: 2000670190-7 RIT: 8560-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señor Diego Simpértigue Limare, señora María Soledad Espina Otero y fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zuñiga. Relator: Mauricio Vergara T. Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Lu
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