OVALLE HORMAZABAL HUGO ARIEL/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, Defensora Privada Penitenciaria y deduce acción constitucional de amparo en favor de Hugo Ariel Ovalle Hormazábal, recluido en Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones del mes de octubre de 2020, disponiendo se modifique la resolución citada y se decrete conceder de manera inmediata la Libertad Condicional del amparado. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo tres condenas, la primera por 541 días por el delito de receptación y dos condenas de 3 años y un día cada una, por los delitos de robo con intimidación y tráfico, ingresando a cumplir el 01 de abril de 2016 y su término se encuentra previsto para el 20 de mayo de 2023, cumplió con el requisito de tiempo mínimo el 27 de mayo de 2020, al contar con un abono de 671 días. Añade que su conducta en los cuatro últimos bimestres fue calificada como MUY BUENA (MB), no obstante, la Comisión de Libertad Condicional que terminó de sesionar en octubre del presente año rechazó su solicitud de Libertad Condicional fundada en informe psicosocial desfavorable. Asegura que no se ha evaluado correctamente los avances del amparado ya que si un condenado cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta, para la realización del informe psicosocial el profesional a cargo, deberá analizar la vida intrapenitenciaria del condenado para evaluar si ha tenido avances que permitan demostrar que es merecedor de beneficio, pero en la práctica ello no ocurre, pues la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. Afirma que existen antecedentes que demuestran que el amparado no tiene riesgo de reincidencia y que puede reinsertarse en la sociedad, tales como, que es un interno que durante su permanencia en el penal se ha volcado en mejorar su situación de vida, ha puesto sus esfuerzos y herramientas personales en mantener una conducta intachable; ha aprovechado las oportunidades y ha desarrollado trabajos como mozo artesano den madera y actualmente se encuentra trabajando como mozo de pasarela y encomienda, siendo beneficiado con salida dominical haciendo buen uso del mismo demostrando puntualidad, responsabilidad y compromiso por más de 4 meses, y actualmente se encuentra gozando del permiso de salida de fin de semana desde hace un par de meses. Añade que se encuentra cursando estudios dentro del penal en el Liceo Humberto Díaz Casanueva, contando con apoyo familiar que constituye un pilar fundamental en la reinserción del condenado, tanto en lo económico como emocional, para enfrentar el proceso de reinserción al medio libre, teniendo, además, una promesa de trabajo para desarrollar una actividad lícita en el medio libre. Indica que lo importante para conceder dicho beneficio es que el condenado pueda demostrar avances en su proceso de reinserción social, pero
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Hugo Ariel Ovalle Hormazábal. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2534-2020. Pronunciada por la Sexta Sala, integrada por los Ministros señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, señora M.Rosa Kittsteiner Gentile y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil veinte. Vistos y considerando: PRIMERO: Comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, Defensora Privada Penitenciaria y deduce acción constitucional de amparo en favor de Hugo Ariel Ovalle Hormazábal, recluido en Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional de esta Cor
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