JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE IQUIQUE

NORAMBUENA SILVA LORETO ANDREA CON SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2020

Materia

ART. 19 Nº 1 CPR. DERECHO A LA VIDA Y LA INTEGRIDAD

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y OIDO: En estos autos RUC 2040267409-2, RIT T-125-2020, la parte demandante, representada por la abogado sra. Elba Alarcón Delgado, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada el treinta de septiembre pasado, por el Juez sr. Francisco Vargas Vera, que rechazó la demanda deducida por doña Loreto Norambuena Silva, en contra del Servicio Agrícola y Ganadero. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: La letrado sra. Alarcón recurre en contra de la referida sentencia por la causal de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, cuando el resuelvo ha sido dictado con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, afirmando que, como consecuencia, infringe también su artículo 459 número 4, en cuanto exige que la sentencia definitiva contenga el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que se estimen probados y el razonamiento que conduce a la conclusión. Expresa que la sentencia vulnera los principios de la lógica y los conocimientos científicamente afianzados, porque si bien fija claramente el objeto del juicio, no resulta lógico que el sentenciador divida los hechos en dos períodos, entre el 21 de abril de 2019 al 14 de febrero de 2020, y, los restantes en un lapso posterior, declarando la caducidad respecto de aquellos, aun cuando la controversia esencial dice relación con las actitudes y acciones del Servicio Agrícola y Ganadero, tendientes a cumplir con su deber de protección de la vida y la salud de los trabajadores, específicamente, respecto de las denuncias de la actora, indicando que los primeros acontecimientos fueron mencionados únicamente como antecedentes de contexto de la situación de la denunciante. Indica que además de dividir los hechos sin analizarlos lógicamente, rechaza de plano su prueba respecto del primer grupo de hechos sin dar razón suficiente, porque antes de hacerlo era indispensable el análisis de todos los antecedentes presentados para determinar si existía u

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Iquique, dos de diciembre de dos mil veinte. VISTO Y OIDO: En estos autos RUC 2040267409-2, RIT T-125-2020, la parte demandante, representada por la abogado sra. Elba Alarcón Delgado, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada el treinta de septiembre pasado, por el Juez sr. Francisco Vargas Vera, que rechazó la demanda deducida por doña Loreto Norambuena Silva, en contra del Servicio Ag

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