JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CARAHUE

MP C/ LUIS SANDRO MELLA MELLA

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2020

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes, en base a los antecedentes de hecho, expuestos hasta ahora y conocidos por ésta Corte, se tiene presente: 1°) Que, respecto del imputado, este no ha sido declarado loco, demente o inimputable, según se desprende de los antecedentes por ahora expuestos. 2°) Que, no se ha dado aplicación al artículo 458 del Código Procesal Penal y en tal circunstancia, aun siguiendo la tesis sostenida por la defensa, tampoco podría señalarse que no existe ilícito, toda vez que la persona que cometió el hecho investigado, conforme a los antecedentes que por ahora obran en la investigación, es imputable, quizá con una imputación disminuida, sin perjuicio de lo cual sigue siendo imputable, de tal manera que no concurren la letra a) u otra de las causales del artículo 250 del Código Penal y, en consecuencia no resulta procedente su aplicación, con los antecedentes que por ahora obran en la investigación. Por lo anteriormente expuesto, SE REVOCA la resolución apelada, de fecha dieciséis de noviembre de dos mil veinte, que decretó el sobreseimiento definitivo de la presente causa, resolviéndose en su lugar: que, no se hace lugar al sobreseimiento definitivo, ordenándose continuar con el procedimiento que corresponda respecto del imputado Luis Sandro Mella Mella, sin perjuicio de las demás facultades de que dispone el Ministerio Publico e incluso la defensa o el Tribunal a quo, en caso de estimar que el imputado se encuentra dentro de las hipótesis del artículo 458 del Código Procesal Penal. Comuníquese y devuélvase por interconexión. N°Penal-1009-2020. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dos de diciembre de dos mil veinte. A la presentación del Abogado asesor del Ministerio Público, Fabián Cuevas Hernández, folio 4: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente la delegación de poder. A la presentación de la Defensora Penal Pública, Valeria Basilio Rudiger, folio 5: A lo principal, primer y segundo otrosí: Téngase presente. VISTOS: Habiend

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