LEÓN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Primero: Que comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Ricardo Antonio León Carrasco, cédula nacional de identidad N°14.018.038-6, actualmente cumpliendo pena privativa de libertad en el C.C.P de Talca, quien interpone acción constitucional de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal y arbitrario que ha privado al amparado de la libertad condicional del DL. N° 321. Sostiene que el amparado actualmente se encuentra cumpliendo la pena 3 años y 1 día como autor del delito de robo en lugar habitado impuesta el día 13 de febrero del 2019 por el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó en causa RIT 212-2018. Inició el cumplimiento de la condena el 22 de abril del 2018, observando como fecha de término 23 de abril del 2021. Explica que habiendo alcanzado el tiempo mínimo y la conducta requerida fue postulado, por Gendarmería de Chile, a la libertad condicional de este segundo semestre; sin embargo, con fecha 20 de octubre del año en curso la Comisión rechazó la libertad condicional fundamentando que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 de la Ley N°21.124: “[…] conforme al informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, que en lo pertinente a los factores de riesgo de reincidencia que analiza, establece que el solicitante ostenta un alto compromiso delictual y de reincidencia, no cumpliendo en concepto de esta comisión, con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor, en consecuencia, del otorgamiento del beneficio.” Indica que resulta indiscutible que la Comisión es el órgano administrativo facultado por la ley para conocer y resolver las libertades condicionales, pero, también es cierto que, tal ejercicio decisorio debe realizarse dentro del marco objetivo e imparcial de todos los antecedentes de la postulante, situación que en el caso de marras no sucedió. La Comisión concentr
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido por don Max Troncoso Moreno, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en favor de Ricardo Antonio León Carrasco, cédula nacional de identidad N°14.018.038-6, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de 20 de octubre de 2020, que rechazó el beneficio de libertad condicional a dicho amparado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol N° 292-2020/Amparo.
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Talca, dos de diciembre de dos mil veinte Visto: Primero: Que comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Ricardo Antonio León Carrasco, cédula nacional de identidad N°14.018.038-6, actualmente cumpliendo pena privativa de libertad en el C.C.P de Talca, quien interpone acción constitucional de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicion
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