SAFFIRIO/EDIFICIO MANCHESTER
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos Que comparece DANIELA SAFFIRIO PEÑA, chilena, cédula de identidad número N°15.502.624-3, Ingeniera Civil Industrial, domiciliado para estos efectos en calle Mañío N° 01251 Temuco, e interpone acción constitucional de protección en contra de COMUNIDAD EDIFICIO MANCHESTER, representada por su administrador don JORGE ALEJANDRO MORALES SANCHEZ chileno, cédula de identidad número N° 17.583.480-K ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Av. Martin Lutero 02145, Portal de la Frontera, Temuco, en razón del acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el aviso que habría realizado la recurrida del corte de suministro de luz, por presentar morosidad en el pago de los gastos comunes. HECHOS: Expone la recurrente que es propietaria del inmueble ubicado en Av. Martin Lutero 02145, departamento 804 torre A, Portal de la Frontera, Temuco. Manifiesta que, en los últimos 2 años y por razones de fuerza mayor, se vio en la obligación de repactar el pago de sus de gastos comunes. La primera solicitud de repactación fue realizada con fecha 17 de mayo del 2018, cuando su deuda acumulada ascendía a la suma de $1.844.290. La repactación se acordó con el administrador, mediante un programa de pago que consistía en el pago de 7 cuotas iguales y sucesivas de $350.000, monto que cubría la deuda repactada y, la correspondiente cuota mensual del gasto común del mes en curso. Así, se pactaron 7 cuotas de $350.000 por el periodo de 7 meses, iniciando el 26/05/18, terminando el 6/11/18, quedando en ese entonces, y a esa fecha su deuda con la administración en cero. Indica además que con fecha 01 de abril de 2019, se le notificó de un corte de luz en su domicilio para el día 15 de abril de 2019, por lo anterior solicitó información al administrador del edificio respecto al monto total de lo que debía por gastos comunes. Señala además que con fecha 11 de abril de 2019, don Jorge Morales Sánchez, el Administrador de Comunidad Edificio Manchester, informa a mi representada el m
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente expone ser propietaria del inmueble ubicado en Av. Martin Lutero 02145, departamento 804 torre A, Portal de la Frontera, Temuco. Reconoce que desde el año 2017 ha mantenido deudas por gastos comunes lo que la ha obligado a repactar su pago en varias oportunidades con la administración del edificio. Que el problema se presenta porque con fecha 06 de mayo del 2020, recibió en su domicilio una “notificación” de una nueva Colilla de Cobro de Gastos comunes fechado "MES ABRIL”, en el que se le informa que su “DEUDA” al 30 de abril de 2020 correspondía a la suma de $4.335.026, a pesar de que en el mes de marzo de 2020, se le informo que su deuda a esa fecha ascendía a suma de $1.666.289. Que el 24 de junio de 2020 recibe una notificación del corte de suministro de energía eléctrica, a contar del día 24 de junio de 2020, además de informar un nuevo monto de deuda de gastos comunes, que ascendía a la suma de $ 2.793.666, sin que se le haya indicado de qué forma se llega al monto que supuestamente adeudado. Solicita el cese inmediato de los actos vulneratorios descritos en el cuerpo del recurso y se ordene a la recurrida abstenerse de realizar dichos apremios o amenazas en el futuro, y ordenar se emitan los comprobantes de pago de las transferencias electrónica realizada por la recurrente, y se establezca el monto exacto de lo que su representada debía por gastos comunes. SEGUNDO: Que, la recurrida expone que la recurrente ha incurrido en un actuar reiterativo al repactar los gastos comunes adeudados mes a mes desde el año 2017, lo que ha resultado en una morosidad constante. Indica que con fecha 03 de marzo de 2020 la recurrente adeudaba la suma de $1.666.289, conforme la colilla de cobro de gastos comunes entregada. Dicho monto, no considera los cheques entregados en acta de fecha 12/03/2020, por una deuda total de $986.417. Agrega, que con fecha 06 de mayo del 2020 se generó una colilla de cobro de gastos comunes por la suma de $4.335.026, por un error involuntario de la administración al momento de reingresar el acta de entrega de cheques no cobrados y/o protestados al sistema. Dicho error involuntario, fue enmendado oportunamente mediante el correo electrónico enviado el mismo día a las 17:09 horas desde el correo institucional a la recurrente, puesto que el monto correcto ascendía a la suma $2.793.666, explicando en dicha oportunidad que correspondía al monto total de la deuda resultante del reingreso de los cinco cheques ya mencionados. Refiere también que, con fecha 08 de junio del 2020, se hace entrega a la residente de una carta informativa, cuya fecha de emisión es 05/06/2020, indicando que en razón al gasto común correspondiente al periodo de mayo de 2020, por un importe de $2.793.666, con una deuda moratoria que ascendía a 13 meses. Se le informó que se procederá al corte de suministro de luz con fecha 24 de junio de 2020, por presentar morosidad en los gastos comunes, en conformidad a lo dispuesto e
Fallo
Por lo expuesto alega la inexistencia de la vulneración de los derechos de los numerales 2° y 24° del art. 19 de la constitución política de la república Pide tener por evacuado informe solicitado, y en su mérito, rechazar el recurso de protección de autos su impertinencia e inconcurrencia por la no vulneración de las garantías invocadas dado que el sustrato en que se funda es inexistente e infundado conforme al relato transcrito en el cuerpo de esta presentación, con ejemplificadora condena en costas. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente expone ser propietaria del inmueble ubicado en Av. Martin Lutero 02145, departamento 804 torre A, Portal de la Frontera, Temuco. Reconoce que desde el año 2017 ha mantenido deudas por gastos comunes lo que la ha obligado a repactar su pago en varias oportunidades con la administración del edificio. Que el problema se presenta porque con fecha 06 de mayo del 2020, recibió en su domicilio una “notificación” de una nueva Colilla de Cobro de Gastos comunes fechado "MES ABRIL”, en el que se le informa que su “DEUDA” al 30 de abril de 2020 correspondía a la suma de $4.335.026, a pesar de que en el mes de marzo de 2020, se le informo que su deuda a esa fecha ascendía a suma de $1.666.289. Que el 24 de junio de 2020 recibe una notificación del corte de suministro de energía eléctrica, a contar del día 24 de junio de 2020, además de informar un nuevo monto de deuda de gastos comunes, que ascendía a la suma de $ 2.793.666, sin que se le haya ind
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C.A. de Temuco Temuco, dos de diciembre de dos mil veinte. Vistos Que comparece DANIELA SAFFIRIO PEÑA, chilena, cédula de identidad número N°15.502.624-3, Ingeniera Civil Industrial, domiciliado para estos efectos en calle Mañío N° 01251 Temuco, e interpone acción constitucional de protección en contra de COMUNIDAD EDIFICIO MANCHESTER, representada por su administrador don JORGE ALEJANDRO MORALES
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