AMPARADA: VIVIANA ELENA MARTINEZ ZUÑIGA/RECURRIDO: JUZGADO DE GARANTIA DE CORONEL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos antecedentes Rol Corte N° 343-2020 (Amparo), compareció la defensora penal pública Catalina Poblete Pérez, en representación de la imputada Viviana Elena Martínez Zúñiga, e interpuso acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia de 24 de noviembre de 2020, por el magistrado Jorge Henríquez Mora, juez del Juzgado de Garantía de Coronel, mediante la cual se decretó orden de detención en contra de su representada. Indica que el 24 de noviembre de 2020, se llevó a cabo audiencia programada de formalización de la investigación respecto de la amparada y, de acuerdo a lo consignado en carpeta judicial, se notificó por cédula para dicha audiencia, no compareciendo vía telemática mediante la plataforma zoom, ni tampoco presencialmente ante el tribunal ya mencionado que durante toda la emergencia sanitaria ha permanecido cerrado, sin un tótem para la realización de audiencias, pero que excepcionalmente y solo para esta audiencia abrió sus puertas, lo que no había ocurrido en ocho meses pandemia. Agrega que en virtud de la incomparecencia de la amparada a la referida audiencia, el Ministerio Público solicitó se despachara orden de detención en su contra, a lo que accedió el tribunal. Añade que aparte de la declaración de pandemia y de Estado de excepción constitucional, desde el día 11 de septiembre del año 2020, a partir de las 23.00 horas, la comuna de Coronel -comuna en la cual reside su representada- se ha encontrado ininterrumpidamente bajo cuarentena total hasta el día de interposición de este recurso, implicando ello que existe una prohibición para todos los habitantes de la comuna de salir de sus domicilios, salvo excepciones y con los respectivos permisos que deben ser obtenidos virtualmente por medio de lo que se conoce como “Comisaría Virtual”. Señala que es cierto que en audiencias anteriores, en atención al único contacto que tuvo en su momento con su defendida -esto en el mes de agosto del presente año- se se
Fundamentos
fundamentos que esgrime la defensa, tornaría la comparecencia de la imputada una cuestión voluntaria, lo que resulta contrario a la facultad de imperio del tribunal, máxime tratándose de un delito grave como el de la especie, en que se pretende formalizar a la imputada como autora de delitos reiterados de violación en perjuicio de su propia hija. Acompañó a su informe los siguientes documentos: 1) Acta de la audiencia de 13 de noviembre de 2020 en la causa RUC 1900628571-9, RIT 1509-2020 del Juzgado de Garantía de Coronel; y 2) Certificación de 26 de noviembre de 2020, de la Jefa de Unidad de Causas y Salas del Juzgado de Garantía de Coronel, en que constan las notificaciones practicadas a la imputada Viviana Martínez Zúñiga en la causa RIT 1509-2020 de ese juzgado. Informó Jorge Uldarico Henríquez Mora, quien expresó, en síntesis, que en el Juzgado de Garantía de Coronel se tramita la causa R.I.T. N°1509-2019, R.U.C. N°1900628571-0, en la cual el 12 de junio de 2019, la Fiscalía de Coronel, luego de la audiencia de control de detención, formalizó por el delito de violación reiterada de menor de 14 años de edad, contemplado en el artículo 362 del Código Penal, al imputado Andrés Rodrigo Durán Saavedra, decretándose como medida cautelar la prisión preventiva, la que se mantiene hasta la fecha. El día 3 de abril de 2020, el Ministerio Público, Fiscalía de Coronel, solicitó la fijación de una audiencia de formalización, como autora del delito de violación reiterada de menor de 14 años de edad, respecto de Viviana Elena Martínez Zúñiga, madre de la víctima de iniciales M.P.D.M., delitos cometidos entre los años 2016-2019. Dicha audiencia se fijó para el 2 de junio de 2020, siendo reprogramada para el día 23 de ese mismo mes y año, a las 10:30 horas, respecto de la cual la imputada fue notificada personalmente, apercibida además por el artículo 33 del Código Procesal Penal, con fecha 9 de ese mes, a las 11:07 horas, en el domicilio de 2 Oriente N°702, Pabellón 11, Población Pedro Aguirre Cerda, Coronel. Esta última audiencia, por solicitud de los intervinientes, fue reprogramada para el 22 de julio, a las 10:30 horas, la que a su vez fue reprogramada para el 8 de octubre, respecto de la cual Viviana Martínez fue notificada por cédula con fecha 23 de julio, a las 10:35 horas. No habiendo comparecido la imputada, se reprogramó nuevamente la audiencia para el 21 de octubre, a las 10:30 horas, respecto de la cual la imputada fue notificada por cédula el día 13 de ese mes, a las 11:26 horas. No compareciendo la imputada, nuevamente se reprogramó para el día 13 de noviembre, a las 10:30 horas, pero por problemas de la unidad de notificaciones no se notificó a la imputada. Como en la audiencia de 13 de noviembre la defensa expuso que la imputada tenía problemas para conectarse de forma remota, se “reagendó” la audiencia para el día 24 de noviembre, a las 10:30 horas, disponiendo para ese día un turno extraordinario en el tribunal, para que la imputada pud
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza la Acción Constitucional de Amparo deducida por la Defensora Penal Pública Catalina Poblete Pérez, en representación de la imputada Viviana Elena Martínez Zúñiga, en contra de la resolución dictada en audiencia de 24 de noviembre de 2020 por el magistrado Jorge Henríquez Mora, juez del Juzgado de Garantía de Coronel. Comuníquese lo resuelto a dicho tribunal por la vía más expedita. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro Claudio Gutiérrez Garrido. ROL N° 343-2020. Amparo.
Texto Completo (Preview)
Concepción, uno de diciembre de dos mil veinte. Vistos: En estos antecedentes Rol Corte N° 343-2020 (Amparo), compareció la defensora penal pública Catalina Poblete Pérez, en representación de la imputada Viviana Elena Martínez Zúñiga, e interpuso acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia de 24 de noviembre de 2020, por el magistrado Jorge Henríquez Mora, jue
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