INMOBILIARIA BOULEVARD NUEVA COSTANERA S.A./ARTE CULINARIA SPA
Rol
Fecha
7 de enero de 2021
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha dos de septiembre de dos mil veinte (folio N° 8, cuaderno de apremio), en contra de la resolución librada el veintisiete de agosto del mismo año. Comuníquese. N°Civil-13578-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha dos de septiembre de dos mil veinte (folio N° 8, cuaderno de apremio), en contra de la resolución librada el veintisiete de agosto del mismo año. Comuníquese. N°Civil-13578-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de enero de dos mil veintiuno (paus). Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley
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