LILLO/A.F.P. HABITAT S.A.
Rol
Fecha
30 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el 26 de agosto del presente año, comparece Dayana Susana Lillo Romero e interpone recurso de protección en contra de AFP Habitat S.A., representada legalmente por don Alejandro Bezanilla Mena a quien atribuye la vulneración de su derecho de propiedad por retener sin fundamento el 10% de sus ahorros previsionales. Explica que en virtud de la Reforma Constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acumulados de capitalización individual, solicitó la retención del retiro de fondos correspondientes al padre de su hijo, por deuda correspondiente a pensiones de alimentos, en la causa M-1461-2019 del 3° Juzgado de Familia de Santiago, lo que dio lugar a la apertura de la causa RIT Z-807-2020 del mismo tribunal, donde con fecha 04 de agosto
Fallo
se resuelve decretar la retención de los fondos previsionales del afiliado deudor alimentante. Paralelamente con fecha 30 de julio de 2020 ingresó su propia solicitud de retiro del 10% de sus fondos previsionales en AFP HABITAT, en la cual se encuentra afiliada, requerimiento que fue registrado con el N° R47334416, por un monto aproximado de $1.403.773. Luego, con fecha 8 de agosto de 2020 recibió correo de la recurrida indicando que su solicitud había sido aprobada, pero que su petición estaba retenida por “mantener una deuda por pensión de alimentos”, cuestión que según afirma la actora, no se corresponde con la realidad, por lo que intentó tomar contacto con la recurrida –sin éxito- e ingresó un reclamo el 18 de agosto pasado, sin respuesta. Pide acoger el recurso y dejar sin efecto la retención esgrimida por la recurrida, por no tener fundamento legal alguno y apercibirlo a dar estricto cumplimiento a la ley 21.248 y procedimiento establecido para tales efectos por la Superintendencia de Pensiones, ordenándole que debe proceder a transferir el 10% de sus ahorros previsionales, de conformidad con la modalidad establecida, con expresa condenación en costas. Segundo: Que, informando la recurrida expuso en lo medular que se incurrió en un error en la retención de los fondos de la actora porque recibieron desde Previred un listado de personas únicamente individualizadas por Rut con el objeto de aplicar la medida de retención de fondos, y cada AFP debía rescatar de un archi
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de noviembre de dos mil veinte. Al folio 9: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, el 26 de agosto del presente año, comparece Dayana Susana Lillo Romero e interpone recurso de protección en contra de AFP Habitat S.A., representada legalmente por don Alejandro Bezanilla Mena a quien atribuye la vulneración de su derecho de propiedad por
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