MP C/ DIEGO IGNACIO VARGAS ALVEAR
Rol
Fecha
30 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en atención a la naturaleza y circunstancias de su comisión, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de noviembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Diego Ignacio Vargas Alvear. Devuélvase. N° 3967-2020 Penal
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En San Miguel, a treinta de noviembre de dos mil veinte. Sala: Primera Sala Rol: 3967-2020 Penal Ruc: 2001176732-0 RIT: 15605-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Luis Sepúlveda Coronado y señora Adriana Sottovía Giménez Relator: Nicolás Santibáñez Peñaloza Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Darío Sanhueza Defens
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