SIN INFORMACION

ALBORNOZ / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: En folio 1, comparece Gonzalo Morales Morales, defensor penal público penitenciario, quien deduce recurso de amparo en favor de Franco Paolo Albornoz Barra, Cédula de Identidad N° 15.752.973-0, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que por resolución N° 618 de fecha 09 de octubre de 2020 rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, afectando su derecho a la libertad personal. Solicita acoger el presente recurso, restableciendo el imperio del derecho y decretar que el sentenciado tiene derecho a cumplir el saldo de su pena bajo libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley. El amparado se encuentra cumpliendo las penas de 6 años por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y 3 años y 1 día por el delito de receptación, la que inició el 01 de diciembre de 2014, registrando como fecha de término el día 02 de diciembre de 2023 y como tiempo mínimo para la postulación a la libertad condicional, el 02 de diciembre de 2020. Agrega que, al haber sido favorecido con 8 meses de reducción de condena, su nueva fecha de cumplimiento es el 2 de abril de 2023. Añade que no obstante cumplir con los requisitos establecidos por el Decreto Ley N° 321 de 1925, la Comisión rechazó conceder la libertad condicional atendido el importante saldo de condena por cumplir y el contenido del informe psicosocial. Alega que la Comisión, al fundar su decisión de rechazo yerra en el primer punto al hacer una exigencia de tiempo de cumplimiento superior a la formulada por el legislador, infringiendo derechamente la ley; y, por su lado, en el segundo punto se reduce a enumerar las aseveraciones formuladas por la autoridad penitenciaria y no pondera las mismas por sí ni verifica que ellas no sean sólo valoraciones del funcionario encargado de la redacción del informe, sino que sean opiniones técnicas que se basen en antecedentes contrastables, conforme exige el Art. 14 Inc. final del Reglamento de la

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración para adoptarla, junto con copia de los informes tenidos a la vista y de la Resolución de la Comisión, la cual señala en su considerando 3°: “Que teniendo en consideración el importante saldo restante de pena por cumplir y que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, no resulta favorable para un cumplimiento en libertad, dando cuenta que el postulante mantiene un grado de reincidencia alto, que no rechaza explícitamente el delito, que no tiene conciencia de la gravedad del mismo, ni del mal causado y que aún mantiene necesidades de intervención, por lo que es posible concluir que no ha demostrado avances en su proceso de reinserción social que le permitan acceder a este beneficio en los términos de los artículos 1 del Decreto Ley N° 321 y 2 del Decreto N° 338. POR ELLO,

Fallo

SE RESUELVE: RECHAZAR el beneficio de Libertad Condicional al interno FRANCO PAOLO ALBORNOZ BARRA, por los argumentos expuestos en el motivo 3.” Por resolución de veintiséis de noviembre de dos mil veinte, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la resolución N° 618 de fecha 09 de octubre de 2020, por medio de la cual la Comisión recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional solicitada por el amparado, conforme con el razonamiento expuesto en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, en el caso de autos el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible – entre otras condiciones – conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. TERCERO: Que el informe psicosocial agregado a estos autos, indica que el condenado tiene mediano compromiso delictual, riesgo de reincidencia alto, presenta necesidades de intervención en utilización del tiempo libre, pares, consumo de drogas y actitud pro

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de noviembre de dos mil veinte. Visto: En folio 1, comparece Gonzalo Morales Morales, defensor penal público penitenciario, quien deduce recurso de amparo en favor de Franco Paolo Albornoz Barra, Cédula de Identidad N° 15.752.973-0, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que por resolución N° 618 de fecha 09 de octubre de 2020 rec

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