2º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA/FUENZALIDA

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que de los antecedentes del expediente virtual se desprende que el término probatorio en estos autos comenzó a correr el día 13 de marzo de 2020, por lo que al momento de entrar en vigencia la ley N°21.226, dicho término se encontraba vencido y en consecuencia, no se cumplen los presupuestos del artículo 6° de la referida ley. Por esta consideración y conforme a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 15 de junio de 2020, inserta en carpeta virtual Rol C-556-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, dejándose sin efecto la misma y, en su lugar, se declara que se mantiene vigente la resolución que citó a las partes a oír sentencia, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Civil-1342-2020. En Talca, veintiséis de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara que se mantiene vigente la resolución que citó a las partes a oír sentencia, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Civil-1342-2020. En Talca, veintiséis de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiséis de noviembre de dos mil veinte. Visto y teniendo únicamente presente: Que de los antecedentes del expediente virtual se desprende que el término probatorio en estos autos comenzó a correr el día 13 de marzo de 2020, por lo que al momento de entrar en vigencia la ley N°21.226, dicho término se encontraba vencido y en consecuencia, no se cumplen los presupuestos del artículo 6° de

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