FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/EMPRESA DE INGENIERIA EN TELECOMUNICACIONES SPA (LTE)
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil y, de conformidad a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veintiuno de octubre de dos mil veinte, dictada por el 19° Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que el juez no inhabilitado deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-12852-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz e integrada por la Ministro (s) señora María Soledad Jorquera Binner y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Fallo
se decide que el juez no inhabilitado deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-12852-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz e integrada por la Ministro (s) señora María Soledad Jorquera Binner y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil veinte. Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil y, de conformidad a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veintiuno de octubre de dos mil veinte, dictad
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