MADARIAGA/FORNEROD
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Luis Cortés Cortés, abogado, quien en representación de Ximena De Los Ángeles Madariaga Vergara, ambos con domicilio en calle Jorge Washington N°2675, oficina N°905, de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra de Yany Guadalupe Fornerod Gutiérrez, por el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, solicitando que se le ordene eliminar todo contenido público hecho en su descredito, que publicó o haya publicado en la plataforma de la red social de Facebook, de cualquier perfil o grupo, y en general, la eliminación todo tipo de contenido de aquella naturaleza, de cualquier red social; que se abstenga de realizar publicaciones difamatorias, u otras de éste tipo en relación en su contra, por cualquier vía, y de cualquier otro perfil de Facebook u red social en que existan publicaciones análogas; que se otorguen disculpas públicas por el daño y humillaciones que se ha provocado, en la plataforma de la red social Facebook y/o en cualquier otro perfil o grupo de Facebook y toda otra red social, en la que existan publicaciones análogas y mediante una publicación en un diario de circulación regional; con costas. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se fundó en el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en la publicación de comentarios difamatorios y deshonrosos en contra de la actora, publicando datos privados y personales de ella y exponiendo a su hija menor de edad, a través de la red social Faceboo, vulnerando la garantía constitucional contenida en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República. Señaló que en noviembre del año 2013, la recurrida inició una gestión preparatoria, en la que se citó a la recurrente a confesar deuda a la Sociedad MCF Ltda., de la cual ella fue socia y administradora hasta junio del mismo año, fecha en la que cedió su participación, por lo que dejó de ser la representante legal. Actualmente esta causa, Rol C-5688-2013 del 3° Juzgado de Letras de Antofagasta, se encuentra archivada, luego de que se dedujera incidente de nulidad. La Sra. Fornerod en octubre del presente, realizó una “funa” en la referida red social, tratándola de estafadora, haciendo alusión a su hija y su difunta pareja, adjuntando fotografías suyas y sus datos personales del registro electoral, agregando la amenaza de que la “estarían esperando”. De ello se desprendería un lenguaje descalificativo, difamatorio e injurioso, con la finalidad de dañar la honra y prestigio de la recurrente, los que se han replicado en los comentarios de terceros en la publicación. Además, la referida publicación no es la única que se realizó, existiendo una de fecha 21 de febrero del presente, que aún se encuentra vigente y ha sido compartida en más de seiscientas oportunidades. En consecuencia, lo que se pretende por la recurrida es obtener justicia por su propia mano, ante la imposibilidad de continuar con el cobro de la deuda, por su propia desidia.
Fallo
Por lo expuesto, solicitó que se le ordene eliminar todo contenido público hecho en su descredito, que publicó o haya publicado en la plataforma de la red social de Facebook, de cualquier perfil o grupo, y en general, la eliminación todo tipo de contenido de aquella naturaleza, de cualquier red social; que se abstenga de realizar publicaciones difamatorias, u otras de éste tipo en relación en su contra, por cualquier vía, y de cualquier otro perfil de Facebook u red social en que existan publicaciones análogas; que se otorguen disculpas públicas por el daño y humillaciones que se ha provocado, en la plataforma de la red social Facebook y/o en cualquier otro perfil o grupo de Facebook y toda otra red social, en la que existan publicaciones análogas y mediante una publicación en un diario de circulación regional; con costas. SEGUNDO: Que informó la recurrida Yany Fornerod, al tenor del recurso, indicando que tiene sesenta y ocho años, y no usa ni está a cargo de la cuenta de Facebook a la que se hace referencia en el recurso. Refirió que fue su hijo quien realizó las publicaciones, pensando que así se pagaría la deuda existente, y respecto de la cual se inició un juicio civil. No obstante, ella no tenía conocimiento de ellas, y cuando se enteró de las mismas, solicitó que estas fueran eliminadas. TERCERO: Que de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de la República, el recurso de protección de garantías constitucionales
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veinticinco de noviembre de dos mil veinte VISTOS: La comparecencia de Luis Cortés Cortés, abogado, quien en representación de Ximena De Los Ángeles Madariaga Vergara, ambos con domicilio en calle Jorge Washington N°2675, oficina N°905, de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra de Yany Guadalupe Fornerod Gutiérrez, por el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, s
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