JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS

MINISTERIO PUBLICO . . C/ VALESCA ANDREA SEGOVIA OJEDA

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2020

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: 1° Que la discusión de autos se centra principalmente en la participación que tiene el imputado Luis Villarroel Villaroel en los delitos investigados por la Fiscalía. 2° Que en dicho entendido, debe tenerse en consideración que existen múltiples elementos que permiten configurar dicha participación, a la luz del presupuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en efecto, los antecedentes ventilados por el Ministerio Público, permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito investigado como autor. 3° Dichos antecedentes, consisten, por cierto, en el descubrimiento de la huella del imputado, pero también en atención a las circunstancias de detención, el reconocimiento fotográfico y el arriendo de la cabaña, elementos que en su conjunto apuntan a configurar la presunción anteriormente señalada. 4° Que, por último, entendiendo esta Corte que la necesidad de cautela discutida en estrados se satisface únicamente con la medida cautelar de mayor intensidad, en atención al número y carácter de los delitos imputados, la gravedad de los mismos, y la circunstancia de haber obrado en grupo o pandilla y visto además lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha veintiuno de noviembre del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que negó lugar a la prisión preventiva respecto de Luis Alberto Villarroel Villarroel y en su lugar se decide que se decreta la referida medida en su contra. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo”. Rol N° 185-2020 Penal

Fallo

se decide que se decreta la referida medida en su contra. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo”. Rol N° 185-2020 Penal

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: 1° Que la discusión de autos se centra principalmente en la participación que tiene el imputado Luis Villarroel Villaroel en los delitos investigados por la Fiscalía. 2° Que en dicho entendido, debe tenerse en consideración que existen múltiples elementos que permiten configurar dicha participación, a l

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