RODRIGUEZ VALDES/SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2020
Materia
EXPROPIACIÓN,RECLAMACIÓN INDENMIZACIÓN ART. D.L. 2.186
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN.
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones. Se elimina en el
Fundamentos
considerando octavo, el párrafo antepenúltimo que comienza con la voz “Que” y concluye con el vocablo “período”, como también las cifras asignadas al valor del metro cuadrado de terreno y obras complementarias. Asimismo, en el fundamento quinto se reemplaza el guarismo “2.9813”, por $12.913.128. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que por sentencia de 28 de diciembre de 2008, se acogió la reclamación, en cuanto se elevó el monto fijado como indemnización por la expropiación del 156,50 metros cuadrados de terreno a $ 100.000 el metro y se, aumentó el rubro edificación a $ 25.000.000 y a la suma de $ 4.800.000 las edificaciones, lo que da la suma única y total al día de la sentencia, de $ 45.450.000, debidamente reajustada y con intereses corrientes; cifra a la cual deberá deducirse lo ya consignado, reajustado conforme lo dispone el artículo 14 del DL 2816. Se resolvió asimismo, que no se condena en costas a la demandada, por no haber sido totalmente vencida. Segundo: Que se alzó en contra del referido
Fallo
fallo la reclamada, Serviú Región del Maule, solicitando se lo revoque y se enmiende conforme a derecho, rechazando la reclamación interpuesta, fijando la indemnización definitiva del lote expropiado en la suma de $ 38.961.000 o en la suma que esta Itma. Corte determine, conforme al mérito del proceso, pero en un monto inferior al fijado en la sentencia. Tercero: Que con fecha 13 de febrero de 2019, se adhiere a la apelación de la sentencia antedicha, la Abogada Marissel Victoria Briones Valdés, por la reclamante y refiere que en ella se aumentó el valor del metro cuadrado de terreno expropiado, el cual se fijó en la suma de $ 100.000, más los reajustes contemplados en el artículo 14 del DL 2816 e intereses corrientes; accediendo también a la reclamación de $ 25.000.000 por edificaciones y $ 4,800.000, a título de obras complementarias. Sin embargo el fallo no señala los antecedentes que le llevan a aumentar el valor del terreno en la forma en que lo hizo, toda vez que, de acuerdo al peritaje del Tasador de su parte don Juan Carlos Cáceres, esta propiedad se encuentra ubicada a cinco cuadras de la plaza de Armas, a tres del supermercado Jumbo y a dos del supermercado A cuenta, comercio de mediana y pequeña escala, cuenta además con excelente conectividad y advierte que otras tasaciones que ha hecho la demandada en lotes del mismo proyecto, ha considerado valores muy superiores a este. En cuanto a la edificación, se acogió el reclamo por la suma total de $ 25.000.000, habién
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de noviembre de dos mil veinte VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones. Se elimina en el considerando octavo, el párrafo antepenúltimo que comienza con la voz “Que” y concluye con el vocablo “período”, como también las cifras asignadas al valor del metro cuadrado de terreno y obras complementarias. Asimismo, en el fundamento quinto se reem
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