ARANEDA SANDOVAL JAVIER EDUARDO/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A.
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que ha comparecido JAVIER EDUARDO ARANEDA SANDOVAL, ingeniero civil industrial, domiciliado para estos efectos en calle Ossandón N°60, Coquimbo, interponiendo recurso de protección en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S. A., representada por Jaime Munita Valdivieso, de quien ignora profesión u oficio, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avda. Apoquindo N° 4820, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en razón de las acciones adoptadas por la recurrida que han afectado de manera arbitraria e ilegal el ejercicio de su derecho de propiedad reconocido en el numeral 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al retener parte del 10% de sus fondos de cotización, de su cuenta de capitalización individual en dicha AFP. Expone que con fecha 03 de agosto de 2020, en ejercicio de los derechos consagrados en la Ley Nº 21.248, y según consta en comprobante de solicitud Nº 175845882008031722 que adjunta a la presentación, procedió a realizar el trámite en su AFP que es AFP Capital, a fin de solicitar el retiro de la totalidad de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual, cuyo monto ascendía a la cantidad de $582.577, esto es, inferior a 35 UF, sin que en esa oportunidad se le haya informado sobre algún descuento a realizar sobre sus fondos. Posteriormente, indica que con fecha 14 de agosto del presente año, la recurrida procede a depositar en la cuenta bancaria indicada para tal efecto la cantidad de $344.925, con lo que recibió $237.652 menos de lo que expresamente solicitó. Señaló que consultando vía telefónica a su AFP los motivos del monto efectivamente percibido, le indicaron que dichos dineros retenidos serían destinados e imputados al pago de cotizaciones pendientes por concepto de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y comisión de administración para la AFP Capital. Refiere que esta situación generó que se presentara un segundo reclamo, a fin de que se contestara por escrito el argumento y fundamento de tal decisión, respecto de lo cual no recibió respuesta alguna. Sostiene que es tan grave la situación, que incluso la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores y Trabajadoras a Honorarios del Estado de Chile (FENTHEC) se pronunció sobre esta práctica ilegal de algunas administradoras de fondos de pensiones , con fecha 14 de agosto del presente año, dirigiendo un comunicado a los senadores y senadoras, calificando esta conducta de arbitraria e ilegal al afectar a muchos trabajadores a honorarios y no así a trabajadores bajo otras modalidades de contratación. En definitiva, solicita oficiar a la AFP Capital a fin de que no persista en tales actos, por ser arbitrarios e ilegales, y se le reintegre la suma de $237.652, con costas. Acompaña en sustento de su acción cautelar los siguientes documentos: 1) Comprobante de solicitud a la AFP Capital, de retiro de la totalidad de fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual; 2) Comprobante de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por don JAVIER EDUARDO ARANEDA SANDOVAL, en contra de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S. A. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1700-2020 Protección.- Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por las Ministras señora Marta Maldonado Navarro, señora Caroline Turner González y el Ministro suplente señor Juan Carlos Espinosa Rojas. No firma la señora Turner, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse haciendo uso de su feriado legal. En La Serena, a veintitrés de noviembre de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Araneda Sandoval, Javier Eduardo Administradora de Fondos de Pensiones Capital S.A. Recurso de Protección Rol N°1700-2020.- La Serena, veintitrés de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que ha comparecido JAVIER EDUARDO ARANEDA SANDOVAL, ingeniero civil industrial, domiciliado para estos efectos en calle Ossandón N°60, Coquimbo, interponiendo recurso de protección en contra de
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