GUERRERO / C. D. E. (LTE)
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2020
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que en esta causa se dictó con fecha 4 de septiembre de 2019 la resolución que recibió la causa a prueba, estableciendo como tercer hecho sustancial, pertinente y controvertido el siguiente: “Efectividad de haber operado reparación por la demandada, forma y montos de lo anterior”. 2.- Que la recurrente, Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, solicita se modifique el hecho singularizado, toda vez que las excepciones y defensas opuestas su parte no dicen relación con pagos percibidos por los demandantes. 3.- Que tal como lo señaló la demandada, los montos que se refiere dicho punto de prueba, no constituye un hecho sustancial, pertinente y controvertido como lo exige el artículo 319 inciso primero del Código de Procedimiento Civil. Y teniendo, además, en consideración lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución impugnada de cuatro de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, y, en consecuencia, se establece que el tercer punto de prueba quedará establecido en los siguientes términos: 3.- “Efectividad de haber operado reparación por la demandada”. Devuélvase. N°Civil-6643-2020. En Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte. Al escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos: 1.- Que en esta causa se dictó con fecha 4 de septiembre de 2019 la resolución que recibió la causa a prueba, estableciendo como tercer hecho sustancial, pertinente y controvertido el siguiente: “Efectividad de haber operado reparación por la demandada, forma y montos de lo ant
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