2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

TRANSPORTES HUGEAT LTDA/GÓMEZ

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2020

Materia

DESAFUERO SINDICAL

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos RIT O-1128-2019, del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, caratulados “Transportes Hugeat Limitada con Gómez Román” por sentencia de 22 de enero de dos mil veinte, se rechazó la demanda de desafuero interpuesta por Transportes Hugeat Limitada en contra de Luis Gómez Román, sin costas. En contra de esta resolución, la demandante dedujo recurso de nulidad. Con fecha veintinueve de octubre del año en curso, se procedió a la vista de la causa.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demandante funda su recurso de invalidación en la causal genérica del artículo 477, conjuntamente con las del articulo 478 letras b), c) y e) en relación al artículo 459 numerales 4) y 5), todos del Código del Trabajo. Expone que la sentencia omitió analizar los medios de prueba, resultando incluso imposible saber, sea al leer la sentencia o al escuchar el audio, si los hechos controvertidos fueron o no establecidos y cuál o cuáles medios de prueba incorporados al juicio resultaron insuficientes, contradictorios o inconexos. Agrega que tampoco resulta posible reproducir el razonamiento usado por la sentenciadora para llegar a alguna conclusión, porque no existe análisis de la prueba incorporada por su parte, la que únicamente fue enunciada, lo que no reemplaza la fundamentación que exige el artículo 456 del Código del Trabajo. Añade que en la sentencia se afirma que “al no haber contestado la demanda la parte demandada en esta causa se entendieron controvertidos todos los hechos planteados por la parte demandante”, afirmación que constituye una contradicción a lo dispuesto en el artículo 453 numeral 1 del Código del Trabajo, en aquella parte en que la norma dispone que “cuando el demandado no contestare la demanda o de hacerlo no negare en ella algunos de los hechos contenidos en la demanda, el juez, en la sentencia, podrá estimarlos como tácitamente admitidos”. Indica que el

Fallo

fallo contiene además una contradicción interna, por cuanto es un hecho de la causa que se decretó la separación provisional del demandado, por lo que se encuentra reconocida la existencia del vínculo laboral, y si se reconoció la existencia de los requisitos legales para ordenar dicha separación, es porque el trabajador debe gozar de fuero, hecho que en la sentencia se tuvo por no probado y que motivó el rechazo de la demanda. En cuanto a la apreciación de la prueba, indica el recurrente que el fallo vulneraría el artículo 453 del Código Laboral, en particular, las reglas de la sana crítica, en su vertiente de la regla de la lógica y en concreto, el principio de la no contradicción, cuando decidió, en la audiencia preliminar, mantener la separación del trabajador, dando por supuesto que éste contaba con fuero. Agrega que se han vulnerado de esta forma, además, los artículos 457, 458, 459 del Código del Trabajo, referidos a los requisitos que debe tener la sentencia, en particular, este último artículo, que establece que el fallo debe contener el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Indica que, dado que la sentencia se limitó a enumerar la prueba rendida, sin ponderarla, carece de la fundamentación necesaria que permita reproducir el razonamiento del juzgador. SEGUNDO: Que el recurso de nulidad previsto en el Código del Trabajo es de carácter extraordinario y de derecho estricto, es decir, proced

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Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte. VISTOS: En los autos RIT O-1128-2019, del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, caratulados “Transportes Hugeat Limitada con Gómez Román” por sentencia de 22 de enero de dos mil veinte, se rechazó la demanda de desafuero interpuesta por Transportes Hugeat Limitada en contra de Luis Gómez Román, sin costas. En contra de esta resolución, la deman

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