SIN INFORMACION

SILVA VEJARES DANIEL ARMANDO /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido a favor de Daniel Armando Silva Vejares. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-2349-2020. En Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre Haslie Bustamante Vargas abogada, en representación de Daniel Armando Silva Vejares, actualmente recluido en Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional que sesionó en el mes de octubre de 2020, la cual rechazó la postulación del amparado a dicho beneficio. .Fundando su acción, indica que el amparado se encuentra cumpliendo saldo condena, 2 años 9 meses de una condena inicial de 7 años por el delito de robo con intimidación. Inicio de condena 25 de agosto de 2018 y término de la misma el día 17 de agosto de 2021, cumpliendo con tiempo mínimo el 25 de mayo 2020, teniendo dos tercios de su saldo de condena cumplidos íntegramente. Indica que cumpliendo con los requisitos establecidos en el D.F.L. N°321 fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva para el segundo semestre del año 2020. No obstante ello, la Comisión de la Libertad Condicional rechazó el beneficio aludido por informe psicosocial desfavorable. Explica que existen antecedentes que demuestran que el amparo no tiene riesgo de reincidencia por cuanto ha trabajado como artesano en madera, también se desempeñó como mozo de pasillo y estuvo trabajando en lanografia haciendo gorros, guantes y bufandas y participando en proyecto de mascarillas en razón de la Pandemia COVID-19 y en varios proyectos pro-sociales organizados por los internos del módulo 7 de evangélicos . Alude que no existe el informe psicosocial no cumple con la normativa vigente modificado por la Ley N°21.124 y rechazó la concesión del beneficio remitiéndose únicamente al informe psicosocial minimizando los esfuerzos que ha efectuado el interno dentro del recito penal. Finalmente, argumenta que cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos previstos en el DL Nº 321 y en el Decreto Nº 2442 y solicita que se acoja la presente acción y, se deje sin efecto la resolucióń dictada por la Comisión, concediendo el referido beneficio, disponiendo el egreso inmediato del amparado SEGUNDO: Que informa la Ministra señora Paola Plaza González, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que el amparado fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2, sin embargo, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, atendido que, si bien cumple los requisitos de tiempo mínimo y conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, el informe de postulación psicosocial da cuenta de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado, por cuanto es posible advertir que el postulante registra un extenso prontuario penal y que es ambivalente al evaluar desistir del ilícito. No ha hecho uso de la oferta programática de reinserción que ofrece la unidad de cumplimiento y registra alta vinculación con pares criminógenos, además de tener dificultades en a

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido a favor de Daniel Armando Silva Vejares. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-2349-2020. En Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinte. Al escrito folio 6, téngase presente. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre Haslie Bustamante Vargas abogada, en representación de Daniel Armando Silva Vejares, actualmente recluido en Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional que sesionó en el mes de

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