JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE RIO BUENO

MORA/

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendida la solicitud planteada por el compareciente en conformidad a lo que prescribe el artículo 817 del Código de Procedimiento Civil y siendo imperativo el deber del Tribunal de conocer lo que de acuerdo a la ley se somete a su competencia, en virtud de lo que preceptúa el artículo 76 de la Constitución, en cuanto en su inciso segundo contempla el Principio de Inexcusabilidad de los Tribunales, se REVOCA la resolución apelada de veintinueve de octubre de dos mil veinte y en su lugar se ordena al señor juez a quo dar tramitación a la solicitud. Comuníquese. Rol 810 – 2020 CIV.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, diecinueve de noviembre de dos mil veinte. Vistos: Atendida la solicitud planteada por el compareciente en conformidad a lo que prescribe el artículo 817 del Código de Procedimiento Civil y siendo imperativo el deber del Tribunal de conocer lo que de acuerdo a la ley se somete a su competencia, en virtud de lo que preceptúa el artículo 76 de la Constitución, en cuanto en su inciso segund

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