PIA CAROLINA MALDONADO ROJAS C/ PAULINA ANDREA WALKER DELANO
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, en estos autos rol N°5645-2020 ha comparecido el querellante, la empresa Falabella Retail S.A., deduciendo recurso de apelación en contra de la resolución dictada el día 26 de octubre del año en curso por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, la que decretó el sobreseimiento total y definitivo en favor de la imputada doña Paulina Andrea Walker Délano, en virtud de lo que dispone el artículo 250 letra e) del Código Procesal Penal. 2°) Que el referido sobreseimiento se ha dictado acogiéndose una solicitud efectuada por el Ministerio Público, quien invocó lo que prevé el artículo 277 del mismo texto legal, en su inciso final. Dicha norma dispone lo siguiente: “Si se excluyeren, por resolución firme, pruebas de cargo que el Ministerio Público considere esenciales para sustentar su acusación en el juicio oral respectivo, el fiscal podrá solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa ante el juez competente, el que la decretará en audiencia convocada al efecto.” 3°) Que situación descrita en la norma transcrita no corresponde al caso de la especie, ya que lo que se advierte del examen de los antecedentes que constan del sistema computacional, consiste en que ni siquiera existió alguna solicitud de exclusión de pruebas y por lo tanto, como lógica conclusión, no hubo prueba de cargo excluida por resolución que estuviere a firme y que el Ministerio Público considerara esencial para sustentar su acusación. 4°) Que, en efecto, en el presente caso hubo un requerimiento en juicio oral simplificado, el que fue aplazado y finalmente, el Ministerio Público solicitó el citado sobreseimiento, argumentando que “hasta la fecha no hemos tenido noticia por parte del querellante o representante de la víctima acerca del paradero de su testigo, resultando su declaración en juicio fundamental para acreditar los hechos imputados al requerido”. Esta petición no fue debatida, pues no se puso en conocimiento de la parte querellante, quién ciertame
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad, asimismo, con lo que dispone el artículo 253 del Código Procesal, se revoca la resolución apelada, de veintiséis de octubre último, pronunciada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, la que decretó el sobreseimiento total y definitivo en favor de la imputada doña Paulina Andrea Walker Délano, y en su lugar se dispone que no se hace lugar a la solicitud del Ministerio Público, en orden a dictar sobreseimiento definitivo, debiendo proseguirse la tramitación del proceso y, en consecuencia, se debe celebrar la audiencia de Juicio Oral Simplificado que ya se encuentra fijada. Regístrese, notifíquese y comuníquese al tribunal de base para su debido cumplimiento. Redacción del Ministro Mario D. Rojas González. Rol N°5645-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz y la Ministro (s) señora María Soledad Jorquera Binner.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, en estos autos rol N°5645-2020 ha comparecido el querellante, la empresa Falabella Retail S.A., deduciendo recurso de apelación en contra de la resolución dictada el día 26 de octubre del año en curso por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, la que decretó el sobreseimiento total y definitivo en favor
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