VICTOR EDUARDO LATORRE DIAZ/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de la presentación se desprende que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rancagua, el que se encuentra emplazado fuera de los límites territoriales de esta Corte, y que se recurre en contra de la determinación de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de dicha comuna, solo cabe declarar la incompetencia de este tribunal de alzada. Que por lo razonado precedentemente, esta Corte se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la I. Corte de Apelaciones de Rancagua, para su conocimiento y resolución. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Cúmplase por la vía más más rápida. Rol N°610-2020-AMP
Fallo
se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la I. Corte de Apelaciones de Rancagua, para su conocimiento y resolución. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Cúmplase por la vía más más rápida. Rol N°610-2020-AMP
Texto Completo (Preview)
CH(kba) San Miguel, dieciocho de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de la presentación se desprende que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rancagua, el que se encuentra emplazado fuera de los límites territoriales de esta Corte, y que se recurre en contra de la determinación de la Comisión de Libertad Con
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica