MP C/ VICTOR MANUEL DELGADO GARCIA Y OTRO
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: I. En cuanto a la admisibilidad del recurso: 1.- Que, la defensa abogó por la declaración de inadmisibilidad del recurso, incidente que el Ministerio Público sustentó en que lo resuelto excede lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, por cuanto en definitiva se mantuvo la prisión preventiva por peligro de fuga, sustituyéndose únicamente la misma por una caución. 2.- Que, asimismo, la fijación de una caución precisamente permite sustituir la prisión preventiva decretada por esa garantía de comparecencia, por lo que la decisión del tribunal se encuentra dentro de los presupuestos del artículo 149 del Código Procesal Penal, lo que permite su apelación de manera verbal, tal como fue deducida por el Ministerio Público, lo impide acoger la inadmisibilidad planteada por la defensa. II. - En cuanto al fondo: 3.- Que, atendida la gravedad de los hechos y la pena solicitada por el instructor, hacen presumir que el peligro de fuga no desaparece con la fijación de la caución, siendo necesario para asegurar los fines del procedimiento mantener la prisión preventiva. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se decide: I.- Que se declara admisible el recurso de apelación deducido verbalmente por el Ministerio Público. II.- Que se revoca la resolución apelada de dieciséis de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en la causa RIT 288-2020 que sustituyó la cautelar de prisión preventiva por una caución y en su lugar se declara que se mantiene la prisión preventiva de los imputados Víctor Manuel Delgado García y Víctor Manuel Ascencio Barría, por peligro de fuga, sin fijar caución. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1525-2020.Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se decide: I.- Que se declara admisible el recurso de apelación deducido verbalmente por el Ministerio Público. II.- Que se revoca la resolución apelada de dieciséis de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en la causa RIT 288-2020 que sustituyó la cautelar de prisión preventiva por una caución y en su lugar se declara que se mantiene la prisión preventiva de los imputados Víctor Manuel Delgado García y Víctor Manuel Ascencio Barría, por peligro de fuga, sin fijar caución. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1525-2020.Penal.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, diecisiete de noviembre de dos mil veinte. Siendo las 9:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por las Ministras Titulares Sra. Marcela de Orúe Ríos, Sra. Bárbara Quintana Letelier y el abogado integrante Sr. Alberto Veloso Abril, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido en contra de la resolució
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica