RECURRENTE:NANCY NUÑEZ MANRIQUEZ RECURRIDO:FUNCIONARIO CARABINERO RICERDO MENA OSES
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
hechos contenida en el recurso, no aparecen actos arbitrarios o ilegales que puedan ser atacados por la vía extraordinaria que contempla la acción cautelar prevista en el artículo 20 de nuestra Constitución Política de la República, sino que se evidencia una reclamación que excede del ámbito de la presente acción, ya que mediante el libelo se pretende impugnar y dejar sin efecto una resolución judicial emanada de un juzgado de policía local, lo que se aparta de los supuestos previstos por el artículo 20 citado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible la acción cautelar deducida en autos, sin perjuicio de otras acciones o derechos. Regístrese y archívese. Rol 14964-2020 Protección.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible la acción cautelar deducida en autos, sin perjuicio de otras acciones o derechos. Regístrese y archívese. Rol 14964-2020 Protección.
Texto Completo (Preview)
pfl C.A. Rancagua Rancagua, dieciocho de noviembre de dos em Que de la narración de hechos contenida en el recurso, no aparecen actos arbitrarios o ilegales que puedan ser atacados por la vía extraordinaria que contempla la acción cautelar prevista en el artículo 20 de nuestra Constitución Política de la República, sino que se evidencia una reclamación que excede del ámbito de la presente acción,
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