SIN INFORMACION

INVERSIONES Y TARJETAS S.A./ BARRIGA

Rol

Fecha

16 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Eduardo Rodríguez Pérez, en representación de Inversiones y Tarjetas S.A., ambos domiciliados para estos efectos en calle Moneda N° 970, piso 5, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone acción de protección en contra de doña Cathy Barriga Guerra, Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Maipú, por haber incurrido esta en un acto ilegal y arbitrario mediante la dictación del Decreto Alcaldicio N° 979, de 20 de marzo de 2020, que decretó la clausura del Centro Comercial denominado Mall Pumay, incluida la tienda Hites Maipú lugar en donde ejerce su giro, lo que vulnera sus garantías fundamentales de los números 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile. Solicita que se deje sin efecto la citada resolución o decreto, y/o se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de sus derechos. Fundando su recurso indica que su empresa es la emisora de la tarjeta Hites, autorizada para operar por la entidad correspondiente, entre otros en el centro financiero ubicados al interior de las tiendas Hites, al interior del mall Pumay, en la comuna de Maipú, la que tiene acceso por el interior del Mall, el que cuenta con patente municipal vigente. Detalla que el 20 de marzo de 2020 se presentaron en el Mall Pumay los inspectores municipales que indica, quienes clausuraron el mismo invocando para ello el Decreto Alcaldicio N° 979, con motivo de la existencia de una enfermedad transmisible, impidiendo el acceso tanto a sus dependientes como a sus clientes. En cuanto a la legalidad, argumenta que la Alcaldesa carece de facultades para decretar la clausura de un establecimiento comercial que ejerce legalmente y que mantiene su patente municipal al día, conforme lo disponen los artículos 3 y 4 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley Nº 18.695, que establecen taxativamente sus funciones

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido por Inversiones y Tarjetas S.A., en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-26895-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veinte. A los escritos folios Nº 19, 20 y 21: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Eduardo Rodríguez Pérez, en representación de Inversiones y Tarjetas S.A., ambos domiciliados para estos efectos en calle Moneda N° 970, piso 5, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone acción de protecció

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